Competición valida el descenso de El Olivo dos categorías

La Voz VIGO

VIGO

Oscar Vazquez

Las sanciones para el club y el técnico Toni Pazó quedan a expensas de posibles recursos ante Apelación y el TAD

17 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El proceso en contra de El Olivo sigue quemando etapas contra los intereses del club vigués. El juez instructor del caso por suplantación de una jugadora había emitido en febrero una resolución en la que daba la razón a la parte denunciante y ahora el juez de Competición acaba de validarla. Al equipo vigués y al técnico en el momento de producirse los hechos, Toni Pazó, les queda ahora recurrir al Comité de Competición -pagando un depósito- y después al Tribunal Administrativo del Deporte para evitar las respectivas sanciones.

El juez instructor había ratificado los castigos del primer expediente, anulado a su vez por el TAD por un defecto de forma, aunque admitiendo la legitimidad de Bedoya para denunciar los hechos. Esta sanciones consistían en el descenso del club dos categorías, que ya se había hecho efectivo este año, y la suspensión durante 18 meses de Pazó. A esto se le sumaba una multa de 1.000 euros por cada uno de los dos partidos en los que se habían cometido unas infracciones consideradas graves y probadas.

La futbolista Jessica Bedoya había denunciado el uso de su ficha federativa por parte de otra jugadora una vez que ella ya había abandonado el equipo. Este hecho se produjo, según la versión de la deportista avalada ahora tanto por el juez de instrucción como por el de competición, en tres partidos de manera consecutiva en los que Ainhoa Galarza utilizó la ficha de su exompañera. Se considera igualmente responsables al Olivo y a Toni Pazó como entrenador del equipo. Respecto a este, se habla de una «estrategia maquiavélica» perfectamente planeada.

Fue el propio técnico el que reconoció abiertamente los hechos en varias ocasiones, tanto en conversaciones mantenidas por WhatsApp con Bedoya como en una entrevista concedida a un medio de comunicación. Ambos documentos fueron presentados y aceptados como pruebas en este segundo expediente abierto el 10 de enero.

La nueva resolución argumenta contra todas las alegaciones presentadas por Pazó y el Olivo. Una de ellas era la prescripción de los hechos, extremo que se rebate recordando que al ser considerados graves no prescriben hasta pasados tres años. También se recuerda que no se trata simplemente de una alineación indebida, que debe ser denunciada por clubes, sino que hay suplantación de personalidad. Por último, se rechaza indefensión porque las partes han estado informadas en todo momento.