El piloto de la planeadora que arrolló a un bañista en Punta Lagoa afronta tres años de cárcel

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Oscar Vazquez

El juicio se celebra desde mañana y el fiscal le acusa del delito de homicidio por imprudencia grave

19 oct 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El juzgado de lo penal número 1 de Vigo celebra mañana el juicio contra el piloto de la planeadora que arrolló mortalmente a un bañista que nadaba en las cercanías del puerto deportivo de Punta Lagoa, en el monte de A Guía, en Teis, el 3 de julio del 2014. El fallecido, M.C.C., de 45 años, estaba divorciado y tenía dos hijos menores.

El acusado, el pescador J.V.P., afronta 3 años de cárcel por un supuesto delito de homicidio por imprudencia grave. Además, se enfrenta al pago de una indemnización de 242.500 euros para los dos hijos menores de la víctima por los daños materiales y morales ocasionados.

Los hechos se remontan al verano del 2014, a las 18.00 horas, el bañista se zambulló en el mar mientras que el piloto salió con su planeadora desde el puerto de A Lagoa. La Fiscalía sostiene que el implicado circulaba «a gran velocidad y sin respetar» el canal de navegación de entrada y salida a los pantalanes deportivos.

Dicho canal estaba delimitado por 15 espeques, esos postes de hierro o balizas que sobresalen en hileras en la superficie para marcar la ruta a los barcos y lanchas que entran en el complejo.

La embarcación fueraborda, de la que era propietario el implicado, fue construida en 1973 en madera para la pesca de artes menores. Su eslora es de 5,63 metros y la manga de dos. El piloto, dedicado al marisqueo, tenía todos los permisos en vigor.

Según el fiscal, la lancha se adentró en la zona de baño de una cala próxima «sin aminorar su marcha ni adoptar la más elemental vigilancia exigible en evitación de riesgos».

Le hacían señales

Al parecer, el piloto no se apercibió de la presencia en su trayectoria del bañista en Punta Lagoa, «omitiendo las señales y gritos que este y los restantes usuarios de la playa le dirigieron». Al parecer, el patrón no tenía visibilidad por la mampara de la barca aunque su mecánico le avisó pero no lo oyó por el ruido del motor. Finalmente, la fueraborda pasó por encima del nadador y lo arrolló. Las hélices y la quilla golpearon a la víctima en la cabeza, lo que le causó la muerte por traumatismo craneoencefálico abierto con destrucción de centros vitales y por asfixia, al hundirse en el fondo.

La Fiscalía resalta que la motora tenía concertada la correspondiente póliza de responsabilidad civil con la aseguradora Mapfre. Aunque la compañía resolvió el contrato por impago de la primera prima, esa circunstancia, no consta notificada «fehacientemente» al acusado. La responsabilidad civil directa y solidaria correspondería a Mapfre a la hora de pagar las indemnizaciones.

Un informe del Ministerio de Fomento revela que el patrón quiso probar el motor de su lancha, según dijo, y salió del puerto en paralelo a las balizas pero luego se paró la máquina durante un minuto, el viento lo escoró y, al arrancar de nuevo al 50 % de la potencia, cruzó por medio de la línea e invadió la zona de baño a velocidad excesiva (24 kms/h).