3 años de cárcel para un inversor divorciado por ocultar sus bienes para no pagar la pensión a su hija

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

El acusado debía abonar 1.500 euros al mes a su descendiente y esta tuvo que abandonar la universidad por falta de fondos

08 jul 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Un inversor vigués divorciado fue condenado a 3 años y 3 meses de cárcel por un delito de insolvencia punible por ocultar bienes y dinero por valor de casi medio millón de euros para simular que estaba empobrecido y no tener que pasarle 1.800 euros de pensión mensual a su exmujer y a su hija, que tuvo que abandonar sus estudios universitarios en Madrid por falta de fondos. La jueza le impone una multa de 6.300 euros.

El tribunal considera probado que el implicado se divorció de mutuo acuerdo en el 2008 y se repartieron el patrimonio ganancial. El pacto establecía la obligación del acusado de abonar la cantidad de 1.800 euros al mes, de los que 300 euros eran en concepto de pensión compensatoria y 1.500 para la pensión de alimentos de la hija común del matrimonio.

Medio año después, el divorciado dejó de pagar dichas pensiones y a finales del 2009 fue demandado. En el 2014, debía 14.270 euros de compensatoria y 79.370 de alimenticia. La jueza sostiene que en el momento del divorcio, el acusado tenía bienes suficientes para hacer frente a dichos pagos pero solo aportó 1.400 euros «ya que el acusado se fue colocando intencionadamente en una situación de insolvencia».

Según la sentencia, el divorciado heredó en el 2010 cuantiosos bienes de su padre, recién fallecido, pero tardó 18 meses en tomar posesión. El mismo día que se adjudicó unos inmuebles los sacó de su patrimonio para evitar los embargos si perdía el pleito con su exmujer y su hija.

En primer lugar, dio poderes a su prima para que vendiese en su nombre once fincas heredadas en Saviñao, en Lugo, por 76.000 euros, dinero que no destinó a pagar las deudas a su exesposa e hija.

Unos meses después, el divorciado se adjudicó una propiedad en Escarión pero la aportó ese inmueble como ampliación de capital de una sociedad de inversiones. Se aseguró de conservar el usufructo (lo que le permitía obtener ingresos por alquiler o vivir en ella).

Como era socio de la inversora, tenía un crédito de 395.000 euros a la sociedad pero en vez de cobrarlo lo transformó en un crédito a 10 años. De esta forma, dice la jueza, nuevamente impidió que ese dinero entrase en su patrimonio. En el 2013, condonó el préstamo a su propia mercantil y el juzgado tampoco pudo embargar el crédito.

La magistrada sostiene que «con todas estas operaciones el acusado tenía la clara voluntad de no pagar sus deudas y sustraer su patrimonio a la ejecución civil, no figurando ningún bien embargable a su no nombre ni incorporando a su patrimonio dinero ni bienes».

La jueza recuerda que a consecuencia de esta situación, la hija del acusado se vio obligada a abandonar sus estudios universitarios en Madrid por falta de fondos. Su madre no podía hacer frente económicamente y tuvo finalmente que endeudarse para que su hija pudiese finalizar los estudios.

En el 2015, la sociedad inversora entregó la finca de Escarión a la madre e hija como dación en pago. La prima del divorciado, también acusada, fue absuelta por falta de pruebas.

La hija dejó de recibir 1.500 euros al mes y tuvo que abandonar sus estudios en Madrid