Los fondos buitre acosan cada mes a entre 60 y 100 morosos vigueses

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Conocidas firmas de Luxemburgo y Noruega han comprado deuda bancaria

06 dic 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Cientos de morosos vigueses se han quedado sorprendidos a lo largo de este año cuando les ha llegado a su casa una carta de una sociedad con sede en el extranjero de la que nunca han oído hablar y que dice ser su nuevo acreedor por aquel préstamo que le pidieron hace años al banco. Les reclama que paguen inmediatamente el principal y los intereses o los amenaza con llevarlos a juicio.

Los nombres más comunes de estos fondos buitre en Vigo son la luxemburguesa PL Salvador SARL, la noruega Lindorff o Aiqon Capital, con sedes en Benelux y Malaysia. Dichas sociedades y otras del ramo han presentado a lo largo de este año una media de entre 5 y 10 pleitos monitorios al mes en los 12 juzgados de primera instancia de Vigo. Mueven entre 60 y 100 demandas nuevas mensuales en toto Vigo. Una carga de trabajo que no pasa desapercibida. «Es algo de siempre pero este año es más evidente, cada vez nos llegan más pleitos», dice un letrado judicial.

La razón de que aumenten estos pleitos es que los fondos buitre extranjeros adquirieron a los bancos españoles en el 2014 grandes lotes de deuda que dieron por incobrable y que las sociedades compraron a precio de saldo.

Por ejemplo, Aiqon Capital adquirió a Catalunya Caixa tres carteras de crédito valoradas en 1.480 millones referidos a préstamos a particulares y empresas y que se encontraban en situación de fallido y totalmente provisionados. Por su parte, Lindorff Group llegó a un acuerdo de 162 millones con el banco Sabadell en diciembre del 2014 para cobrar sus deudas impagadas.

En un reciente pleito, PL Salvador remitió un escrito a un juzgado de Vigo para probar que adquirió una deuda de Caja de España de Inversiones, Salamanca y Soria (CEISS). Alega que suscribió una escritura de cesión onerosa de créditos por la que el banco le transmite la titularidad legítima de dichas operaciones financieras. Como parte subrogada, es el nuevo acreedor.

Monitorios

Juristas consultados señalan que gran parte de los pleitos que promueven los fondos buitre siguen adelante en Vigo porque presentan un procedimiento exprés para reclamar deudas, el llamado monitorio. Los morosos disponen de 20 días de plazo para oponerse al requerimiento de pago aunque raramente contestan al juzgado ni hacen alegaciones. Por eso, la deuda es reconocida por el juez aunque excluye las cláusulas que ve abusivas.

«¿Qué pasa si el consumidor va y paga al banco sin saber que la entidad cedió su deuda?»

El abogado Óscar Arce ha estudiado estas reclamaciones emprendidas por los fondos buitre. «Hay que favorecer al consumidor para que siga viviendo, si un fondo ofrece el 4 % por su deuda, que él pague el 5 %. O de lo contrario, vamos a tener un país de morosos cuando hay gente que se queda con sus deudas a precio de saldo», dice Arce.

Sostiene que hay muchos procedimientos en marcha porque los bancos han querido deshacerse de su deuda impagada. Los fondos buitre tienen contratados a cobradores que someten a una «presión» al consumidor a través de cartas y llamadas telefónicas. La cuestión clave es que el deudor ignoraba que su banco había cedido el crédito antes del juicio. Así puede darse la paradoja de que la entidad bancaria hubiese cedido en marzo la deuda y que el moroso, sin saber nada, ingrese el dinero en la cuenta para saldarla. Pero como no le han comunicado la cesión mientras hacen las actuaciones procesales, ve posibles dudas sobre la legitimidad de la reclamación. «¿Que pasa si el consumidor paga en otra cuenta? Eso tiene un nombre», dice.

Añade que el consumidor debe tener cuidado cuando firma el préstamo (un adherente) porque si no lee ciertas cláusulas podría llevarse la sorpresa de que ha autorizado al banco a ceder la deuda a un tercero sin informarle. «Creemos que esa cláusula es nula porque le impide la acción de retracto», dice el letrado.

La duda enviada por un juez vigués al tribunal de la UE gira entorno a ese derecho del moroso al retracto. «El consumidor se entera de que el banco ha cedido su deuda a un tercero en la vía judicial, lo que le obliga a ejercer la acción de retracto en un segundo procedimiento distinto. Debe depositar el dinero sin saber cuánto debe», afirma.