El Supremo absuelve del delito de terrorismo a uno de los acusados de los explosivos en monte Sampaio

EFE

VIGO

El implicado, Héctor José Naya, había sido condenado a once años como miembro de Resistencia Galega

27 jul 2015 . Actualizado a las 14:11 h.

El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de terrorismo, como supuesto miembro de Resistencia Galega, a Héctor José Naya, quien había sido condenado por la Audiencia Nacional a once años de cárcel como miembro activo de la citada organización armada y participante en un atentado.

La Audiencia condenó a respectivas penas de tres años a Xurxo Rodríguez y a Diego Santín por la colocación en agosto de 2012 de tres artefactos explosivos en unas instalaciones de radio y televisión en el monte Sampaio, en Vigo, uno de los cuales explotó causando desperfectos.

El Supremo confirma la pena para Diego Santín (Xurxo no recurrió) pero absuelve al tercero de los acusados por los hechos, Héctor José Naya, por considerar que las pruebas contra él no son suficientes y que se le condenó sin que tuviera oportunidad de defenderse.

El único indicio contra Naya fue la declaración del coimputado Xurxo Rodríguez, recuerda el Supremo, que añade que el acusador «no quiso responder a las preguntas que le quiso formular el letrado del ahora recurrente, razón por la cual la potencia incriminatoria de sus imputaciones quedó desvanecida», pues «no se respetó» el derecho de defensa del reo.

Los indicios que podrían corroborar la única prueba de cargo son insuficientes, recuerda el alto tribunal, ante el hecho de que el abogado de Naya no pudiera interrogar al acusador.

Falta de elementos contra él

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sí consideró probada en su sentencia la participación de los tres en estos hechos que atribuyeron a Resistencia Galega, aunque uno de los magistrados, Ramón Sáez Valcárcel, emitió un voto discrepante con la condena a Naya por considerar insuficientes los elementos de prueba contra él. Finalmente ese ha sido el criterio con el que ha coincidido el Supremo.

El relato de hechos probados establece que, a finales de julio de 2012, Xurxo Rodríguez recibió instrucciones para atentar en instalaciones con antenas de radio y de televisión y decidió la colocación de artefactos contra las antenas instaladas en el Monte Sampaio.

A tal fin, Xurxo pidió a su amigo Diego Santín que se encargara de la compra del material explosivo y éste se lo entregó entre el 2 y el 3 de agosto, además de dejarle su vehículo, un Citroën Saxo, para desplazarse hasta el monte Sampaio.

El 3 de agosto, Xurxo condujo hasta el monte y colocó los artefactos que finalmente no detonaron.

Ante ese fallo, confeccionaron un nuevo artefacto que esta vez estalló causando daños valorados en 11.197 euros y «ante la ausencia de noticias dando cuenta de la explosión», Diego Santín remitió a través de internet a diversos medios gallegos un comunicado escrito por Xurxo reivindicando el atentado.