El Tribunal Supremo impide a la Xunta quitarle un bebé a sus abuelos

A. Martinez VIGO / LA VOZ

VIGO

Benestar Social la declaró en desamparo a pesar de estar bien cuidada

16 nov 2014 . Actualizado a las 19:38 h.

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso interpuesto por la Xunta de Galicia, que quería quitarle un bebé a sus abuelos para meterlo en un centro de menores a pesar de que tenía todas sus necesidades cubiertas.

Los padres de la pequeña, vecinos de Ponteareas, son drogodependientes y ellos mismos reconocieron no estar capacitados para criarla. Por este motivo, decidieron entregársela a sus abuelos paternos, que aceptaron encargarse de todos sus cuidados. Sin embargo, la Consellería de Traballo e Benestar Social declaró la situación de desamparo de la criatura cuando solo contaba con 20 días de vida. La niña nació a finales de la primavera del año 2012 en el Hospital Xeral de Vigo. Dos días después del alumbramiento, una trabajadora social remitió un informe al equipo de urgencias del servicio de menores para que valoraran la adopción de medidas de protección a la vista de la situación de sus progenitores.

Los padres tuvieron que comparecer en el servicio de menores acompañados por una abogada, donde fueron informados de la decisión de tutela pública y el ingreso de la recién nacida en un centro público de menores. Los padres se llevaron entonces un gran disgusto y se dirigieron al hospital para recoger a su hija y llevársela a los abuelos.

La Xunta intentó durante meses recuperar a la pequeña y avisó a la policía para que la fuera a recoger a la vivienda familiar. En julio de 2012 y en enero 2013 los agentes especializados en temas de menores informaron que las diligencias para localizar a la bebé resultaron infructuosas.

Padres y abuelos tuvieron entonces que iniciar una batalla legal para impedir que la administración autonómica arrancara al bebé de su entorno familiar. Presentaron una demanda en el juzgado para que se dejara sin efecto la declaración de desamparo de la menor. En abril del año pasado, el juzgado de primera instancia número 5 de Familia, en Pontevedra, estimó parcialmente su demanda. Confirmó la declaración del desamparo de la menor y la asunción de la tutela legal por parte de la comunidad autónoma. Sin embargo, dejó sin efecto el traslado del bebé a un centro de menores hasta que la administración competente determinara el régimen de guarda definitivo más adecuado para la pequeña.

No satisfechos con esta sentencia, los padres presentaron un recurso ante la Audiencia provincial, que en octubre del año pasado falló revocando la situación de desamparo de la menor y reconociendo que quedará sometida a la guarda de hecho de sus abuelos paternos. Sin embargo, su lucha en los juzgados no acabó ahí, porque la Xunta presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El alto tribunal se ha planteado la disyuntiva de negar el desamparo de la niña porque hay alguien que la atiende, o acreditarlo al no ser cuidada por las personas que ostentan la patria potestad. Finalmente, teniendo en cuenta el interés superior de la menor, han desestimado el recurso de casación. «La menor se encuentra con todas sus necesidades cubiertas en el plano material o afectivo, teniendo el abuelo paterno o su esposa las condiciones precisas para asumir el cuidado de la menor» según se expresa en la sentencia.