El Supremo reduce 20 metros la servidumbre de protección en A Guía

Europa Press

VIGO

Vecinos de Teis habían presentado un recurso

06 nov 2013 . Actualizado a las 20:27 h.

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia en la que estima el recurso de casación presentado por un grupo de vecinos de Teis, en Vigo, contra una sentencia de la Audiencia Nacional, y les da la razón al reducir a 20 metros la anchura de la servidumbre de protección en una zona litoral del monte de A Guía, que forma parte del dominio público marítimo terrestre.

La asociación de afectados por el Plan Especial de A Guía-Teis reclamaba que, en esa zona concreta, se mantuviese la anchura de servidumbre en 20 metros, y no en cien, como establece la normativa, ya que se trata de núcleos clasificados como urbanos cuando se aprobó la ley de costas de 1988.

Inicialmente, la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional había fallado en contra de las pretensiones de este grupo de afectados, pero éstos presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Ahora, el Supremo ha estimado ese recurso y considera que la anchura de la franja de servidumbre de protección debe fijarse en 20 metros, ya que se trata de terrenos clasificados como suelo urbano cuando se aprobó la ley de costas, y «no habían perdido esa clasificación cuando se aprobó el deslinde».

En su sentencia subraya que, el hecho de que la adaptación del Plan General aprobada en 1993 excluyese todo desarrollo urbano y edificatorio en esos núcleos, «no implica un cambio de clasificación, que sigue siendo la de suelo urbano».