Penas de 4 y dos años por los cócteles molotov contra la oficina del INEM en Vigo

EFE VIGO

VIGO

El juzgado aplica la pena mayor para Telmo Varela por un delito de tenencia de explosivos con el agravante de reincidencia

20 feb 2013 . Actualizado a las 19:24 h.

El Juzgado de lo Penal 1 de Vigo ha condenado a cuatro años de prisión a Telmo Varela y a dos años a Miguel Nicolás por atentar, con cócteles molotov, contra una oficina del INEM de Vigo en diciembre de 2010.

El tribunal ha impuesto la pena mayor para Varela por el delito de tenencia de explosivos con el agravante de reincidencia, ya que en 1994 fue condenado a 18 años de cárcel por robo con homicidio, homicidio y tenencia de armas, pero lo ha absuelto de un delito de daños al no ver probada su participación en el acto de sabotaje.

Varela, exmiembro del GRAPO para el que la Fiscalía pedía diez años, también ha sido sancionado con la prohibición de tenencia de armas y explosivos durante un periodo de siete años.

Mientras, Miguel Nicolás ha sido considerado culpable de un delito de daños, por lo que debe indemnizar al Servicio Galego de Emprego con 32.958 euros por los estragos causados, pero ha sido absuelto del delito de tenencia de sustancias explosivas.

Indicios «contundentes»

La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo entiende que hay indicios «plurales, acreditados y contundentes» que, interrelacionados entre sí, corroboran la autoría de Telmo Varela de un delito de posesión de explosivos.

Se basa en los seguimientos policiales a los que fue sometido, en persona y a través de una cámara oculta, que demuestran que sabía de la existencia de un zulo habilitado tras una zona de maleza en un bosque cercano a su domicilio en el que se escondía material para la fabricación de cócteles molotov.

Además, alude a que en un bote de clorato potásico se halló una huella dactilar suya, y a que se usaron como envoltorio folletos de la CUT, del que Varela era su secretario comarcal por entonces.

«Para actuaciones delictivas»

En la sentencia, el tribunal argumenta que no se construye un agujero de estas características en una zona «absolutamente disimulada» de bosque para «la simple tenencia» de materiales explosivos.

Por el contrario, cree que su ubicación y características ponen de relieve que «estas sustancias se pensaban dedicar, por los acusados o por terceras personas, a realizar actuaciones delictivas».

Respecto a la participación de Telmo Varela en el atentado, señala que hay «indicios concurrentes», pero que no resultan «suficientes» ni «eficientes» para sustentar una sentencia condenatoria.