La federación sanciona con dureza al Liceo femenino por no presentarse en Mataró

La Voz A CORUÑA

TORRE DE MARATHÓN

EDUARDO PEREZ

Le dan por perdido el partido, le quitan tres puntos y lo penalizan económicamente

23 dic 2021 . Actualizado a las 21:18 h.

El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la federación española de patinaje resolvió dar por perdido el partido del Deportivo Liceo femenino contra el Mataró, al que no se presentó por considerar que suponía un riesgo para la salud de las jugadoras ante un posible brote de covid-19. Además, le restan tres puntos al equipo coruñés y sancionan económicamente a la entidad, amén de obligarle a asumir los gastos de apertura del pabellón y de desplazamiento de los arbitrajes. También lo multan por incumplir el protocolo covid.

En su día, la entidad verdiblanca adoptó la decisión de no viajar a pesar de que la Federación Española de Patinaje rechazó su solicitud de aplazamiento del encuentro . El club coruñés argumenta que se detectó un positivo por covid dentro del «personal deportivo» de la entidad. No desveló si se trata de un integrante del primer equipo, del segundo o de algún cuerpo técnico. La persona afectada, que el Liceo aclaró que «ante todo, se encuentra en buen estado de salud fue contacto estrecho de un miembro del staff del Femenino».

Esta es la resolución completa

PRIMERO - Sancionar al H.C. LICEO con la pérdida del partido correspondiente a la 7ª Jornada de la OK Liga Femenina y dar como ganador al C.H. MATARÓ por un resultado de 10-0.

SEGUNDO - Sancionar al H.C. LICEO con la deducción de 3 puntos obtenidos o que pueda obtener en la competición.

TERCERO - Sancionar al H.C. LICEO, con el pago de los gastos de apertura de la pista al C.H. MATARÓ.

CUARTO - Sancionar al H.C. LICEO con el pago de los gastos relativos al desplazamiento y derechos de arbitraje del árbitro y el auxiliar.

QUINTO - Sancionar económicamente al H.C. LICEO por no presentarse al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.

Además,  el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. LICEO por incumplir el protocolo COVID.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.