Hacienda dice que el Deportivo hizo un uso indebido del dinero de los embargos

josé m. fernández A CORUÑA / LA VOZ

TORRE DE MARATHÓN

Pide la suspensión de sus levantamientos tras haber visto los gastos en el playa

22 may 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El juzgado número 2 de lo Mercantil de A Coruña, que lleva el concurso del Deportivo, ha recibido un escrito de la Agencia Tributaria en la que esta le solicita que se levante la suspensión de los embargos por 14,6 millones de euros, ya que, entiende, el club está haciendo un uso indebido de ese dinero. Los gastos no están debidamente justificados o, si lo están, no responden al control de una entidad en concurso, por lo que «se ha frustrado la finalidad para la que se decretaron», que era la de garantizar la continuidad de la empresa para preservar los intereses de los acreedores.

Pese a que fue presentado la semana pasada, varios días antes de que el juez Rafael García emitiera un auto en el que calificaba de incomprensibles los pagos del Deportivo al Playa, la línea argumental de Hacienda coincide con dicho auto, que señalaba que los embargos por el impago de impuestos «no pueden destinarse a subvencionar gastos superfluos» y ordenaba acabar ipso facto con esas prácticas.

Los autos que levantaron los embargos basaron su resolución en la necesidad de afrontar «gastos necesarios para la continuidad de la actividad empresarial». Y como tales se citaban «las obligaciones salariales, los servicios básicos, mantenimiento de instalaciones, personal no deportivo, desplazamientos o costes de procedimiento concursal», pero nunca, entiende Hacienda, «protocolarios, hoteles, palco, etcétera».

Argumenta Hacienda que lo que no se puede pretender es mantener la empresa o la actividad como si nada hubiera ocurrido, «cuando está en una situación de concurso». En el escrito, insiste que entre los fines que perseguía la suspensión de los embargos no figuraba la de financiar el concurso, sino permitir la actividad empresarial como un medio para preservar los derechos de los acreedores, por lo que ese dinero no es un «cheque en blanco» para afrontar otros pagos que no sean los «estrictamente necesarios».

El alegato de Hacienda critica la actuación de la administración concursal, bien por «falta de rigor» en la previsión de los gastos o porque el club no se los ha aportado, ya que los informes no contienen los justificantes necesarios en el flujo de dinero con las empresas del grupo. Y como ejemplo más significativo expone que se incluyen en el cuadro de gastos de enero 105.537 euros (Iris, Deporhostelería, Deporclínica y Ediciones Deportivas Gallegas), pero solo hay facturas por 5.198 euros, correspondientes a Deporhostelería, que además no responden al control que debe ejercerse sobre una empresa en concurso. Y cita las comidas o cenas por más de 50 euros el cubierto, los 1.400 euros en un buffet de frutas para los miembros del primer equipo -«asumiendo un coste de 3 euros por kilo, serían más de 460 kilos de fruta, o sea, unos 19 por jugador»-, el cáterin en el palco o el «coste desproporcionado» de las aguas que se pagan a Deporhostelería. También se sorprende por el pago de 6.762 euros a Iris por la gestión de la imagen corporativa en marzo o por la falta de datos que acompaña la única factura aportada por la Deporclínica.

«¿Acaso son necesarias para la continuidad del club las comidas de la directiva?», se pregunta Hacienda en un escrito que también considera excesivos los 6.000 euros por el cáterin del palco o los 1.500 en fruta: «¿Cuánta fruta puede comer una persona?». Abonos desproporcionados y que ponen en peligro el objetivo que se busca al suspender unos embargos, lo que produce «un perjuicio irreparable al Tesoro Público» y que no mejoran las expectativas de cobro de los acreedores.

Dado el uso que se está haciendo del dinero público, Hacienda, que cree se le exige un sacrificio desproporcionado, pide la suspensión del levantamiento de los embargos y se reserva la posibilidad de emprender reclamaciones en el futuro por los daños que se derivan de la actuación de la administración concursal y de la concursada.