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La ley española solo permite acceder a un móvil con la orden de un juez

michael mcloughlin MADRID / COLPISA

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LUCY NICHOLSON | reuters

El enfrentamiento entre Apple y el FBI abre el debate entre privacidad y seguridad

08 mar 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Un iPhone puso patas arriba el debate público en Estados Unidos con la disputa entre Apple y el FBI sobre los límites de la privacidad y la seguridad, un caso que en España también podría darse, según explica el letrado Joaquín Muñoz, especializado en nuevas tecnologías y cuyo despacho llevó el caso de Mario Costeja contra Google, que se resolvió con la sentencia de la justicia comunitaria a favor del derecho al olvido.

«Tendría que haber una justificación y un auto argumentado por parte de un juez. La Policía no podría hacerlo directamente», sostiene Muñoz. En la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se incluye cómo se debe actuar en caso de que se hayan incautado equipos como ordenadores o teléfonos móviles. Así, esta norma habla de la «colaboración necesaria de terceros» para acceder a esa información «siempre que deriva en una carga excesiva» para la empresa o para el afectado en cuestión. «Lo que está en juego es la proporcionalidad. Aquí estamos ante un caso de terrorismo internacional, pero en un caso de injurias o de venta de drogas no creo que tenga demasiado sentido», analiza.

Casualmente, la pasada semana un magistrado de Nueva York negó el acceso al terminal de un traficante de drogas investigado. «Apple se va a agarrar a ese precedente pero no tiene sentido», insiste. El otro argumento que puede esgrimir la empresa para negarse es que la petición supone una inversión de recursos o económica enorme. «Una eventual 'Apple española' también se escudaría en este principio», augura el abogado.

«Una plataforma que permita entrar de forma sistemática en los dispositivos podría vulnerar el secreto a las comunicaciones y la protección de datos», aseguran fuentes de la Agencia de Protección de Datos Española (AGPD). Según este organismo, en España esta cesión de información tan solo podría darse por dos vías para ajustarse a la legalidad: bien porque el usuario lo permita o porque lo ordene un juez.

«Si lo que se pretende es que se abra una puerta trasera que permita acceder a los terminales con o sin orden judicial, sería imposible en España», aclaran desde Protección de Datos. «Sería necesaria una orden para cada caso», agregan. «Otra cosa diferente es si la empresa se negase a colaborar», aclara Joaquín Muñoz, que recuerda que la protección de datos «solo se aplica a las personas vivas», por lo que no serviría de argumento, puesto que el terrorista fue abatido. «Si la petición del juez está razonada, la compañía podría llegar a ser acusada de desobediencia», explica.

Recientemente, un ejecutivo de Facebook fue detenido en Brasil porque la compañía se había negado a ceder información en un caso de tráfico de drogas.

Este enfrentamiento parece lejos de resolverse, pero ha echado más leña al debate entre privacidad y seguridad. «Sea como fuere, ningún derecho es absoluto», concluye Muñoz.