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Estrasburgo avala que una empresa espíe el correo de empleados

j. a. ESTRASBURGO / EFE

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JUSTIN LANE | Efe

Rechaza la demanda de un rumano que fue despedido tras enviar mensajes personales a través del Messenger de la empresa

14 ene 2016 . Actualizado a las 19:17 h.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado su visto bueno por primera vez a que una empresa espíe los mensajes privados en la cuenta profesional de Internet de un trabajador. El fallo hace referencia al caso de un ciudadano rumano, Bogdan Mihai Barbulescu, de 36 años, que trabajó entre el 2004 y el 2007 en una empresa privada como ingeniero de ventas. Sus jefes le pidieron que abriera una cuenta de Yahoo Messenger para responder a las demandas de los clientes.

La compañía informó a Barbulescu el 13 de julio del 2007 de que sus comunicaciones por Yahoo Messenger «habían sido vigiladas», y que esos registros demostraban que «había utilizado Internet con fines personales». Entre las comunicaciones intervenidas, había transcripciones de mensajes con su hermano y su novia «acerca de cuestiones personales como su salud o su vida sexual».

El 1 de agosto de ese año, la empresa dio por finalizado su contrato de trabajo «por infringir el reglamento interior», que prohibía el uso de sus recursos con fines personales. Los tribunales rumanos rechazaron la demanda que Barbulescu presentó por violación de su derecho a la correspondencia. El tribunal de apelación también juzgó la conducta del empleador como «razonable», ya que la vigilancia de las comunicaciones «fue el único medio para establecer que había habido una infracción disciplinaria».

Barbulescu llevó su cruzada hasta el tribunal de Estrasburgo, que apoya a la justicia rumana y dice que los jueces alcanzaron «un justo equilibrio entre el derecho del demandante al respeto de su vida privada» y «los intereses del empleador». A juicio del TEDH, «no es abusivo que el jefe quiera comprobar si sus empleados realizan tareas profesionales en sus horas de trabajo».

Voto discrepante

El magistrado luso Paulo Pinto de Alburquerque votó en contra de la decisión final, al estimar que los tribunales nacionales perdonaron a la empresa «la justificación oportunista del abuso de Internet para echar a un empleado no deseado al que la firma no podía despedir legalmente».