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Ya es legal la pesca recreativa en 107 puertos gallegos, pero con seguro y otras obligaciones

Antonio Longueira Vidal
TONI LONGUEIRA CARBALLO/ LA VOZ

PESCA Y MARISQUEO

Desde el 7 de agosto los pescadores recreativos deben cumplir normas nuevas y contar con seguro si quieren lanzar las cañas en los muelles
Desde el 7 de agosto los pescadores recreativos deben cumplir normas nuevas y contar con seguro si quieren lanzar las cañas en los muelles VITOR MEJUTO

Portos prohíbe reservar sitio en los muelles y establece cinco metros de distancia entre cada aficionado

07 ago 2021 . Actualizado a las 04:40 h.

Los 80.000 aficionados con licencia de pesca marítima recreativa concedida en Galicia, así como los que la hayan obtenido en otras comunidades españolas, podrán disfrutar de su afición con todas las garantías legales y jurídicas en 107 puertos de titularidad autonómica a partir de este 7 de agosto. Eso sí, con condiciones, detalladas por Portos de Galicia en la resolución publicada este viernes y que, entre otras, incluye la exigencia de un seguro de responsabilidad civil.

Así se levanta una prohibición que data de 1972. Otra cuestión bien diferente es que las Administraciones, las fuerzas de seguridad y los vigilantes miraran hacia otro lado y permitieran esta actividad recreativa. Ahora bien, para poder lanzar las cañas en un puerto, los interesados deberán cumplir una serie de requisitos o, de lo contrario, se enfrentan a sanciones mínimas de 90 euros.

El primero, los aficionados deberán darse de alta en la sede electrónica de la Xunta con una declaración responsable. Segundo, tendrán que tener en vigor un seguro de responsabilidad civil, que cuesta unos 20 a 30 euros al año, para cubrir coberturas por daños y accidentes. Y tercero, deberán cubrir de manera obligatoria una declaración jurada en la que se comprometen a cumplir con las normas fijadas en este tipo de instalaciones.

Prohibida en quince muelles

De forma paralela, la Xunta prohíbe la pesca en escolleras y pantalanes flotantes, así como la reserva anticipada de sitio. Es decir, el que primero llega, elige. Entre pescadores deberá haber una distancia mínima de cinco metros y cada aficionado podrá acceder a la instalación con un único acompañante. Y si se trata de menores, estos han de ir acompañados siempre por un adulto. Y con respecto a la basura generada esta deberá ser depositada en contenedores situados fuera de las dársenas.

De los 122 puertos de titularidad autonómica, podrán lanzarse las cañas sin restricciones en 28: Rinlo (Ribadeo), Nois (Foz), Portocelo (Xove), Bares (Mañón), Espasante (Ortigueira), O Seixo (Mugardos), Perbes (Pontedeume), Mera (Oleiros), Santa Cruz (Oleiros), Santa Mariña (Ponteceso), O Ézaro (Dumbría), Os Muíños (Muros), O Conchido (Outes), A Barquiña (Noia), Noia, Boa (Porto do Son), Amiexido (Ribeira), Insuela (Ribeira), Ancados (Boiro), Taragoña (Rianxo), Rañó (Rianxo), As Sinas (Vilanova de Arousa), San Miguel de Deiro (Vilanova de Arousa), Cabodeiro (A Illa de Arousa), Covelo (Poio), Santa Marta (Baiona), Oia y Goián (Tomiño).

Y en 15 queda terminantemente prohibida la actividad deportiva: Redes (Ares), San Pedro de Visma (A Coruña), Quenxe (Corcubión), Testal (Noia), Ribeira, Carril (Vilagarcía), O Xufre (A Illa de Arousa), Sanxenxo, Raxó (Poio), Corbaceiras (Pontevedra), Beluso (Bueu), Aldán (Cangas), Moaña, Santa Cristina de Cobres (Vilaboa) y A Pasaxe (A Guarda).

En el resto de radas de titularidad de Portos de Galicia, es decir en 79, la pesca estará permitida, pero en zonas específicamente habilitadas, y lejos de las áreas en las que desarrollan a diario su trabajo los profesionales del mar.