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La lesión de un tripulante puede dejar sin trabajo a un armador y a un patrón

s. serantes VIVEIRO / LA VOZ

PESCA Y MARISQUEO

GUSTAVO RIVAS

La Fiscalía también les pide cárcel por el accidente del contramaestre de un palangrero

27 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Sin trabajo, al menos sin el que ejercen actualmente, pueden quedarse el armador y el patrón de un palangrero de superficie vinculado con A Mariña que serán juzgados por un presunto «delito de lesiones imprudentes». Se lo atribuye la Fiscalía, al considerarlos responsables del accidente que le destrozó la cara del contramaestre del pesquero y lo dejó sin un ojo. Si prospera la petición de la acusación pública, el armador y el patrón serían inhabilitados para sus profesiones dieciocho meses y, además, serían condenados al mismo tiempo de prisión.

La empresa armadora, su titular, el patrón y la aseguradora del barco indemnizaron «a su entera satisfacción» al herido. Por tanto, apunta la Fiscalía, desiste «de todas las acciones» judiciales. En su escrito de acusación, deja constancia de que la armadora tenía un seguro de responsabilidad en febrero del 2014, cuando ocurrió el accidente.

Gafas para recoger el aparejo

Se accidentó cinco años atrás, cuando el palangrero de superficie faenaba a unas trescientas millas de las islas Azores. Él y un marinero trataban de subir a bordo una caella de unos veinticinco kilos de peso. «Al notar que aumentaba la tensión del aparejo», el contramaestre interrumpió la maniobra. Entonces «se rompió el nylon de la brazolada y un plomo salió proyectado, alcanzándolo en su ojo izquierdo».

Como el tripulante «no hacía uso de protección ocular o facial», sufrió múltiples fracturas en la parte derecha de la cara, perdió el ojo izquierdo y se fracturó la nariz y el maxilar. Según la Fiscalía, se le practicaron cuatro operaciones quirúrgicas y tardó 451 días en recuperarse, diez de los cuales estuvo hospitalizado.

Para el ministerio público, se hirió por «la no utilización de protección facial (pantalla o, cuando menos, gafas)» para recoger el aparejo. Una tarea habitual «y potencialmente peligrosa» por el riesgo de que salgan despedidos objetos. A juicio de la Fiscalía, el armador y el patrón habría incurrido en «falta de cumplimiento, control y seguimiento» de la prevención de riesgos laborales. Se basa en el propio plan del buque, según el cual los tripulantes «deberán hacer uso de protección ocular o, si es posible, facial» cuando suben las capturas al pesquero.

«Omitir la debida diligencia»

Al armador le atribuye la acusación pública «la máxima responsabilidad» a la hora de velar por la salud de los tripulantes, pero «omitió su obligación» porque en el barco no habría puesto «a disposición de los trabajadores protección ocular o facial». Al patrón le asigna «la obligación de hacer cumplir las normas de seguridad», pero el ministerio público sostiene que la «incumplió al no advertir a la empresa ni adoptar medida alguna respecto de la falta de elementos de protección facial u ocular».

La Fiscalía concluye que el patrón y el armador «omitieron la debida diligencia para la adecuada evitación del riesgo que condujo a las lesiones» del contramaestre. Por eso los acusa de «un delito de lesiones imprudentes» en relación con otro «contra los derechos de los trabajadores».