Bruselas permite desviarse un 20 % de lo anotado si se descargan hasta 100 kilos
SOMOS MAR
Entran en vigor los nuevos márgenes de tolerancia en los desembarcos
11 jul 2024 . Actualizado a las 04:45 h.Los márgenes de tolerancia fueron uno de los principales escollos durante los cinco años de tramitación que tuvo el nuevo Reglamento de Control Pesquero, una normativa que actualiza el 70 % de las normas que hasta el 9 de enero pasado existían en materia de vigilancia y supervisión de la actividad extractiva y que, además, lleva la digitalización al sistema de control pesquero. Un lustro de negociaciones y un paquete legislativo que ha pasado por dos Parlamentos Europeos y aún necesitará otros dos para acabar de entrar en vigor en su totalidad, pues se va a ir aplicando de forma progresiva hasta el 1 de enero del 2030.
Hasta el momento, lo que ya se está aplicando son los cambios habidos en las definiciones —como en la de buque pesquero, que se amplía a los auxiliares y de apoyo y excluye los buques de acuicultura—, la creación oficial de los centros de seguimiento pesquero (CSP) o la posibilidad de apagar el sistema de identificación de automática (AIS) en circunstancias excepcionales si se informa a las autoridades competentes. Y desde ayer han entrado en vigor los nuevos márgenes de tolerancia, esos que tanto desencuentro han generado en los trílogos por la negativa de la Comisión a suavizar esa diferencia que se admite entre la cantidad que se apunta en el diario de pesca y el que resulta después de haber pesado las capturas. Si se supera ese umbral, se aplicarán las sanciones correspondientes, que también entraron ayer en vigor.
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El margen de tolerancia seguirá siendo del 10 % como norma general, pero se establecen varias excepciones. La primera favorece a las embarcaciones más pequeñas o las de pesquerías mixtas, dado que se amplía que el desvío entre lo anotado y lo realmente pesado tras el desembarque sea de hasta el 20 % si se descargan menos de 100 kilos.
Otras excepciones
El reglamento de Control de Pesca recoge otras exenciones al margen de tolerancia general del 10 %, pero que solo afectan a determinadas pesquerías. Es el caso de aquellas que desembarcan pequeños pelágicos (sardina, arenque, bocarte o xarda), pelágicos de uso industrial y túnidos tropicales sin clasificar. El margen de error que se permitirá en estos casos será diferente si la descarga se hace o no en uno de los denominados puertos designados —tanto en la UE como fuera de ella—, que son aquellos fijados por la Comisión Europea, a propuesta de los Estados miembros, en los que las revisiones serán será más rigurosas. Si se hace en estos muelles, para las especies que representen el 2 % o más en kilos de todas las especies desembarcadas, el margen de tolerancia autorizado en las estimaciones anotadas en el diario de pesca será del 10 % de la cantidad total de todas las capturas anotadas en el diario de pesca.
Para las especies que representen menos del 2 % en kilos de todas las especies desembarcadas, el margen entre las estimaciones anotadas en el diario de pesca y lo que realmente hay a bordo será, para cada una de las especies, de 200 kilos, o del 0,5 % de la cantidad total de todas las especies anotadas en el diario de pesca, si este valor es superior.
En el caso de que el puerto de desembarque no sea uno de los que figuran en la lista de designados se aplicará el margen general.
¿Y cuáles han sido los escogidos para permitir un mayor margen de tolerancia? Esa lista tendría que haber salido publicada en julio de este año, pero desde el Ministerio de Agricultura y Pesca no han respondido a la consulta de cuál es la relación propuesta en el territorio del Estado a pesar de que ayer entró en vigor esa disposición.