
Una sentencia establece que el colectivo tiene derecho a pedir modificaciones del plan de trabajo independientemente de la postura de la cofradía
17 mar 2023 . Actualizado a las 22:48 h.La agrupación de marisqueo a pie de Carril quiere pedir un cese de actividad: las riadas de este invierno han dejado sus zonas productivas bajo mínimos y todo lo que se mueva en ellos no hará más que dañar lo poco que pueda quedar vivo. Desde la agrupación han pedido a la cofradía que reúna a la Xunta Xeral para dar trámite a su petición. Este paso era, hasta ahora, un requisito imprescindible para que Mar tomase en consideración su solicitud. Y decimos hasta ahora, porque una sentencia de finales del mes de febrero ha venido a cambiar esta situación.
La sentencia parte, también, de Carril. Tiene su origen a finales del año 2020, cuando la agrupación de a pie, teniendo en cuenta un informe de la bióloga de la cofradía sobre la precaria situación de sus bancos, quiso solicitar un cese de actividad. Para poder hacerlo, la Xunta Xeral de la cofradía debía cursar su petición de modificación del plan de trabajo a Mar y esta debía decidir si había lugar o no a decretar el cierre de las zonas. Pero nada de eso se hizo, al bloquear la Xunta Xeral el proceso. Ante esa situación, la agrupación decidió recurrir al juzgado, y la sala de lo contencioso administrativo de Pontevedra les ha dado la razón.
Entiende el juez, en primer lugar, que la agrupación de marisqueo a pie, pese a no tener personalidad jurídica, tiene derecho a defender sus intereses como colectivo afectado que es. Señala, también, que la Xunta debería haber tenido en cuenta la petición de la agrupación independientemente de la «actuación obstruccionista» del pósito.
La sentencia resulta relevante por varias cuestiones. La primera, porque el sector de a pie, pese a no conseguir el cese de actividad, decidió dejar de trabajar durante los tres meses recomendados por la bióloga, tres meses de inactividad que podrían penalizar a las trabajadoras a la hora de realizar la renovación del pérmex. Ese peligro, con esta sentencia, parece conjurado. Además, se reconoce el derecho de la agrupación a defender sus intereses y se abre la puerta a que ahora, ante la intención de pedir un cese de actividad a consecuencia de las riadas, puedan hacer valer su criterio independientemente de la postura que sobre dicha cuestión tome la cofradía. Aunque la última palabra sobre la modificación del plan de trabajo, en todo caso, será de Mar, que deberá argumentarla y justificarla.