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El Gobierno aprueba el armazón legal del órgano que investigará los accidentes de tren, barco y avión

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

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MARTINA MISER

Las investigaciones en marcha, como la del naufragio del Villa de Pitanxo, seguirán su tramitación sin que haya una paralización, asegura el Ministerio de Transportes

15 mar 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

La CIAF (Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, la Ciaim (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos y la Ciaiac (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil) tienen los días contados. El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el Proyecto de Ley para la creación de la autoridad administrativa independiente que se encargará de realizar la investigación técnica de cualquier accidentes e incidente ferroviario, marítimo y de aviación civil para esclarecer sus causas, evitar su recurrencia y proponer recomendaciones que mejoren la seguridad.

El texto legal será remitido a las Cortes para su aprobación como ley por el procedimiento de urgencia. Posteriormente, se tramitará la luz verde, por parte del Consejo de Ministros, del Estatuto Orgánico de la Autoridad con el fin de que pueda entrar en funcionamiento esta misma legislatura.

El órgano ejercerá las funciones que actualmente desarrollan las tres comisiones existentes para la investigación de siniestros que están adscritas orgánicamente a Transportes en régimen de independencia funcional.

¿Qué ocurrirá entonces con las causas en marcha, como la del naufragio del Villa de Pitanxo? Según el comunicado enviado por el ministerio que dirige Raquel Sánchez, «las investigaciones en curso continuarán su tramitación, sin que haya una paralización de estas». El proyecto de ley fija un período transitorio entre la aprobación de la ley y la constitución efectiva de la Autoridad Independiente en el que las comisiones actuales continuarán desarrollando sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en la misma, continúa el comunicado.

El objetivo es reforzar la independencia del organismo de investigación, ya que, a la funcional actual, se sumarán la orgánica —pues poseerá personalidad jurídica diferenciada— y la financiera, ya que obtendrá sus ingresos a través de la participación en la recaudación de determinadas tasas: la de seguridad aérea, la de prestación de servicios y realización de actividades en materia de seguridad ferroviaria y la tasa de ayudas a la navegación.

De acuerdo con el derecho comunitario y con las normas internacionales, los organismos de investigación de accidentes deben ser independientes funcionalmente de cualquier agente que pueda ser objeto de investigación. En este sentido, cabe destacar que la figura de la Autoridad Administrativa Independiente es la de mayor grado de independencia del poder ejecutivo que existe en el derecho administrativo español y es la que tienen, por ejemplo, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o la Agencia Española de Protección de Datos.

Composición

El Consejo será el máximo órgano de gobierno de la Autoridad, al que corresponderá la aprobación de los informes finales de investigación, y estará formado por un presidente y seis consejeros. La persona que esté al cargo de la presidencia tendrá rango de subsecretario y los consejeros tendrán la condición de alto cargo de la Administración General del Estado.

Los miembros del Consejo serán nombrados por real decreto, a propuesta de la persona que esté al frente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, entre profesionales de reconocido prestigio y acreditada cualificación profesional en el ámbito de actuación de la Autoridad. Así, dos de los consejeros deben ser expertos en el sector marítimo, dos en el aéreo y otros dos en el ferroviario.

El nombramiento del presidente deberá contar con la conformidad de la comisión competente del Congreso de los Diputados. En el caso de los consejeros o consejeras, dicha Comisión parlamentaria tendrá capacidad de veto.

Antes de realizar la propuesta, el Ministerio abrirá un período de consulta pública para que las entidades o instituciones con competencia en la materia presenten candidatos. Las propuestas no tendrán carácter vinculante, pero serán tomadas en consideración para efectuar la selección.

El mandato de los miembros del Consejo será de seis años, sin posibilidad de reelección, renovándose parcialmente cada tres años. Para realizar esta renovación parcial tras el nombramiento del primer Consejo, se ha establecido que en la sesión constitutiva de la Autoridad se llevará a cabo un sorteo que determinará los tres miembros cuyo mandato tendrá una duración de tres años en lugar de los seis previstos.

Los miembros del Consejo realizarán sus funciones con dedicación exclusiva, y estarán sometidos a un estricto régimen de incompatibilidades, que incluye que durante los dos años siguientes a su cese no podrán realizar actividad privada alguna relacionada con el ámbito de actuación de la Autoridadhttps://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2021/06/12/organo-investigara-accidentes-transportes-sera-independiente/0003_202106G12P7992.htm. Finalmente, se establecen unas causas tasadas de cese, para evitar que puedan ser cesados discrecionalmente.

Partiendo de que la finalidad de la investigación técnica de los accidentes e incidentes es esclarecer sus causas, el proyecto de ley regula los accidentes e incidentes que deben ser investigados por la Autoridad, el procedimiento de investigación técnica, el régimen de la información de la investigación y las relaciones con otras instituciones, entre las que destacan las Cortes Generales, el Poder Judicial y las Autoridades de Investigación de otros países.

El régimen jurídico que se establece parte de los principios de transparencia y de participación de los interesados, sin perjuicio de la existencia de información reservada que debe ser protegida.

En ese sentido, se incluye un régimen de información específico para las víctimas, familiares y asociaciones de víctimas, que ven fortalecida su posición jurídica en el procedimiento respecto de la situación actual.

Además, se ha incorporado texto legal el principio de «cultura justa» en el marco de la investigación técnica de accidentes e incidentes en los modos de transporte, favoreciendo la protección de la información reservada y el respeto a los derechos de las personas que participen en el procedimiento de investigación.

Se determina también qué información tiene el carácter de reservado (declaraciones realizadas por personas a la Autoridad en curso de una investigación; la identidad de dichas personas; y cualquier información especialmente sensible como la relacionada con la salud), quedando obligada a dicha reserva cualquier persona que acceda a la información, bien por formar parte de la investigación, bien por tener relación con ella.