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El juez encarga una prueba para confirmar si el Villa de Pitanxo se hundió por negligencia

j. romero / e. abuín REDACCIÓN / LA VOZ

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Joe Gibbons / The Telegram

Pide dos peritos a la Administración para dar carácter judicial al informe que realicen

13 nov 2022 . Actualizado a las 04:45 h.

Ahora que la Audiencia Nacional ha determinado que la instrucción del naufragio del pesquero de Marín Villa de Pitanxo, ocurrido el 15 de febrero frente a Terranova, debe realizarse en su Juzgado Central número 2, su titular, el magistrado Ismael Moreno, ha pisado el acelerador de la investigación. Quizá en un intento de recuperar el tiempo perdido en la investigación del que ha sido el peor siniestro marítimo de un pesquero gallego en décadas y que hasta el mes pasado no tenía juzgado asignado.

Antes incluso de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se pronunciase definitivamente sobre su competencia para indagar en las causas del hundimiento, Moreno ya había solicitado a la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) un informe sobre si bajar al pecio podría servir para arrojar luz sobre las versiones contradictorias ofrecidas por los tres supervivientes. Y ahora ha vuelto a dirigirse a ese organismo adscrito al Ministerio de Transportes para pedir que designe a dos de sus investigadores peritos administrativos para ejercer de peritos judiciales.

Ocurre que, como recalca la Ciaim en todos y cada uno de los informes que publica, las conclusiones técnicas de la Comisión no prejuzgan los hechos analizados, ni evalúan responsabilidades ni determinan posibles culpabilidades en los siniestros que analiza. Por eso Ismael Moreno requiere a dos peritos para redacten un informe que sirva de prueba pericial para determinar si hubo negligencia en el hundimiento del barco y en el posterior procedimiento que se siguió en el abandono del mismo. No hay que olvidar que en la causa penal que se sigue en el Juzgado Central número 2 de la Audiencia Nacional figura el patrón del pesquero, Juan Enrique Padín, como investigado por los indicios de 21 delitos por homicidio por imprudencia, y otros tantos contra la seguridad de los trabajadores.

No son incompatibles

En la providencia dictada por el magistrado, este recalca que «no se aprecia incompatibilidad alguna entre la función que deben desarrollar los técnicos en la comisión de investigación y la que corresponde a un perito judicial, por ser distintas». Así, argumenta que el informe que apruebe el pleno de ese órgano «no es asumible en el orden penal, cuya búsqueda de la verdad material y de las eventuales responsabilidades no puede verse condicionada por cuestiones técnicas ajenas al objeto penal».

Moreno insiste en la ausencia de incompatibilidad de funciones al señalar que los datos que deben valorar que los dos funcionarios designados como peritos judiciales no son los mismos que los que van a ser objeto de valoración en el plano puramente administrativo y, por tanto, «las funciones a desarrollar por los expertos designados como peritos judiciales no pueden ser consideradas incompatibles o contradictorias con las que les corresponderían en su condición de expertos de la Comisión».

Dilaciones indebidas

El intento del magistrado de reconducir dilaciones derivadas del peregrinaje de la causa penal —primero cayó en la Audiencia Nacional, que se inhibió a favor de los juzgados de Marín, para después volver a asumir el caso aquella con la oposición de la Fiscalía, que recurrió para que se instruyese en Vigo— no encuentra toda la agilidad que Moreno quisiera. Así, en las diligencias previas libradas el pasado día 7, el juez envía un oficio a la Ciaim en el que reitera la designación de esos dos investigadores. Es decir, que esta es la segunda vez que pide al organismo adscrito a Transportes que designe esos peritos judiciales.

Sobre la necesidad de bajar al pecio no se ha pronunciado, pero el Gobierno continúa preparando la licitación de la operación.