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El TSXG tumba la tesis del Gobierno sobre las prórrogas en las concesiones marítimas

Xosé Ameixeiras
X. Ameixeiras CARBALLO / LA VOZ

SOMOS MAR

CARMELA QUEIJEIRO

Otorgó a Stolt Sea Farm la ampliación del permiso de su piscifactoría de Quilmas hasta el 2069 al eliminar la retroactividad que aplicaba Madrid

20 may 2022 . Actualizado a las 22:09 h.

Stolt Sea Farm podrá seguir con su piscifactoría de Quilmas (O Pindo-Carnota) hasta el año 2069 gracias a una sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que falló a favor de la compañía y anula la primera prórroga en la concesión, que le había sido otorgada hasta el 5 de diciembre del 2029.

La resolución le corresponde a la Xunta de Galicia, pero esta ha de tener en cuenta el informe preceptivo y vinculante de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, del Ministerio de Transición Ecológica. La compañía había solicitado la prórroga extraordinaria de la concesión por un plazo de 50 años. Sin embargo, la Consellería do Mar tuvo que tener en cuenta la postura del Ejecutivo central, que computa de forma retroactiva los plazos de prórroga al momento en que se otorgaron las concesiones, con lo que los períodos de tiempo resultantes quedan muy reducidos, a 5, 10 o 15 años. En el caso de Stolt Sea Farm, sería en el 2039, de aplicarse esta teoría, pero es que, además, se establecía una reducción de 10 años por estar ubicada en la ribera del mar, a pesar que las instalaciones piscícolas de Quilmas están fuera de la franja litoral marcada y solo las tuberías y desagües ocupan el espacio marítimo. Con lo que, finalmente, la prórroga extraordinaria se limitaba a diciembre del 2029.

Sin embargo, el Tribunal Superior entiende que no se puede aplicar de forma retroactiva la norma de concesión de prórrogas extraordinarias. Establece para ello que deben otorgarse desde el momento de la solicitud de la ampliación, que en este caso es el 5 de junio del 2019, o en su caso, la fecha de la extinción de los permisos si la petición se realizó en los seis meses anteriores. Así que la fecha definitiva para establecer el cómputo final es el 5 de diciembre del 2019. A partir de ahí, según el Tribunal Superior, se añaden 50 años más de actividad de la planta.

La postura de la empresa fue defendida por la letrada Isabel Bárbara, de Cuatrecasas Abogados, que comentó que la importancia de este fallo radica en que el TSXG «rechaza el criterio de cómputo retroactivo de la prórroga de las concesiones de Costas», que era el que imponía la Dirección General de la Costa y el Mar, aunque las competencias las tenga la Xunta y pese a ser contraria a esta teoría. El fallo se debe a un recurso de Stolt contra la resolución de la Xunta que limita su concesión a diciembre del 2029.

La Consellería do Mar dice que el fallo da la razón «a Galicia e ao sector da cadea mar-industria»

La Consellería do Mar hizo pública su opinión con respecto al fallo que considera que «dá a razón a Galicia e ao sector da cadea mar-industria». Apunta el organismo autonómico que la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, «recoñece o dereito á prórroga extraordinaria da concesión por un prazo de 50 anos computándose dende a data da solicitude da prórroga e non desde o inicio da vixencia do título concesional como sostén a Administración estatal».

Apunta que los magistrados del TSXG desdicen a Costas del Estado, que computaba el plazo de forma retroactiva y «reducía indebidamente a súa duración», según la Xunta.

Señala, además, que «Galicia leva tempo advertindo da intención do Goberno central de negar o dereito ás prórrogas de concesións de dominio público marítimo-terrestre que foran outorgadas antes da entrada en vigor da Lei de Costas de 2013». Esta práctica, según la Consellería do Mar, pone en riesgo la viabilidad de más de un centenar de empresas. En este sentido, anuncia que presentará alegaciones a la modificación del reglamento general de Costas, actualmente en tramitación.