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El hombre que usaba un torpedo para ir al percebe se libra de una segunda causa, abierta en Muxía

e. abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

Ana García

La jueza sobreseyó el caso al no poder determinar si la actividad marisquera era relevante, pues no se le intervino marisco

10 feb 2022 . Actualizado a las 04:45 h.

La causa que el martes se juzgó en la sala de lo Penal número 1 de A Coruña por un supuesto delito contra la flora y la fauna con el agravante de reincidencia no era la única que tenía abierta el conocido como furtivo del torpedo, porque utilizaba un propulsor submarino para llegar hasta las zonas en las que extraía marisco de forma ilegal. Además de en la zona de Langosteira en A Coruña, donde fue sorprendido por agentes del Equipo de Respuesta Policial (Erpol) con el scooter submarino, equipo profesional de buceo y 44 kilos de percebe, el hombre también fue interceptado casi año y medio después en la zona de A Langosteira —en este caso en Muxía— por personal y vigilantes de esa cofradía. De esa causa se ha librado, dado que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Corcubión decidió decretar el sobreseimiento de la misma por falta de pruebas. 

En octubre del 2020, una persona avistó a un buceador extrayendo percebe de las rocas de una zona que llevaba un año vedada e introduciéndolo en unos sacos de red que llevaba en la cintura, por lo que alertó al personal del pósito. Una vez en la zona, estos declararon haber visto cómo el hombre salía del agua con un saco lleno de marisco que, calcularon, pesaría sobre 20 kilos. Cuando advirtieron al buceador de que le iban a intervenir el percebe, este huyó con las capturas y se introdujo en el mar. Así, aunque después se le pudo requisar el equipo de submarinismo y el torpedo —que no era el mismo que había empleado en Arteixo, ya que este había sido requisado por el Erpol, que lo tiene en depósito—, no se recuperó el saco con las capturas.

Falta de pruebas

Eso precisamente es lo que le ha permitido esquivar una segunda vista por furtivismo. Porque la jueza, al no disponer siquiera de una imagen que corrobore la extracción ilegal y dé idea de la cantidad supuestamente recogida, no puede determinar si el hombre estaba realizando «una actividad de marisqueo relevante», que es lo que se exige para condenar a alguien por un delito contra la flora y la fauna. «El tipo penal no se conforma con la realización de actividades de marisqueo, sino que estas deben ser relevantes», recoge la jueza en el auto, citando una resolución de la Audiencia Provincial de A Coruña. Y como no se le ha incautado marisco alguno «en el presente caso, difícilmente se podría valorar la existencia de una actividad de marisqueo relevante».

La defensa del acusado alegó «falta de indicios racionales suficientes» del delito, pues «no consta prueba alguna de que tuviese en su poder percebe alguno» y «solo se le incautó un propulsor acuático con el que no se estaban realizando capturas». Lo mismo planteó el Ministerio Fiscal, pues «al no habérsele incautado marisco (...) no se puede mantener una acusación efectiva». Con todo eso, la jueza decretó el sobreseimiento del caso.

Emplear un torpedo submarino, sin más, «no es ilegal», apuntó el acusado a la salida del juicio en A Coruña, cuando ya conocía que se había archivado la causa de Muxía. Indicó, además, que reclamará su devolución.

Será más adelante, porque contra la decisión de la jueza se puede interponer recurso. En todo caso, la Xunta, que estaba personada en el caso, no lo hará. Y la Cofradía de Muxía, que ayer aseguró desconocer aún el fallo, lo valorará en cuanto tenga la comunicación.