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España borra la «raia» y deja al arrastre compaginar el Cantábrico y aguas lusas

e. abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

PEPA LOSADA

Podrán pescar el mismo día en uno y otro país, excepto los 16 que ya trabajaban allí

16 may 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

En la misma orden que ajustó el plan de gestión del Cantábrico para aprovechar al máximo las posibilidades de pesca existentes, el Gobierno comenzó a derribar las fronteras impuestas a los arrastreros entre España y Portugal en el acuerdo bilateral de pesca que mantienen ambos países. Un pacto en el que Madrid ofrece 30 licencias para los pesqueros portugueses que quieran operar en sus aguas y Lisboa corresponde con otras tantas para los buques españoles. Pero estos, ya fuesen del Cantábrico o del golfo de Cádiz, durante años tuvieron que decidirse por un solo lado de la raia: o faenar en aguas españolas o hacerlo en las lusas, nada de simultanear caladeros. Una restricción que a la flota hispana siempre le ha parecido una clara discriminación -y no la única-, puesto que esa condición no se imponía a los portugueses, que pueden compaginar las aguas de ambos países.

Pero desde anteayer han cambiado las tornas. Con el ánimo de aprovechar al máximo todas las cuotas que tiene su flota, Pesca autoriza a sus barcos a trabajar a uno y otro lado de la raia, tanto a aquellas unidades del Cantábrico o el golfo de Cádiz, como a los barcos españoles que forman parte del censo de arrastre de fondo y que siempre faenaban en Portugal. En este último caso se encuentran 16 embarcaciones, y el resto de las licencias (14), quedaban vacantes precisamente por tener que renunciar a trabajar en España.

Ahora los permisos sobrantes se repartirán entre los arrastreros que muestren interés al saber que estarán autorizados a trabajar tanto en el Cantábrico (o golfo de Cádiz) como en aguas lusas. Es más, que incluso podrán pescar en un lado y en el otro el mismo día, algo que no podrán hacer los arrastreros que figuran en el censo de barcos españoles en Portugal.

Licencias trimestrales

Las licencias se concederán por trimestres del año, aunque este segundo del 2020, lógicamente, verá acortada su duración. Y dentro de cada período trimestral, los permisos se darán cada 15 días.

Los interesados, que deberán disponer de cuota, tendrán que solicitar la autorización a Ordenación Pesquera y especificar si pretenden capturar peces o crustáceos, porque para marisqueros solo hay 5 licencias disponibles y tendrán preferencia los que ya están en el censo de arrastre en aguas de Portugal.

Ahora bien, no podrán pedir por pedir, dado que Pesca estará atenta a que los permisos quincenales realmente se exploten. Y aquel que no opere en Portugal un mínimo de 5 días en dos quincenas sin justificación alguna, perderá la autorización y no se tendrá en cuenta su candidatura para el trimestre siguiente.

Concesión de permisos

Para la concesión tendrá prioridad las solicitudes que lleguen antes. A partir del cuatro trimestre de este año, el criterio de concesión preeminente será el de la habitualidad.

A diferencia de los barcos del Cantábrico, los arrastreros españoles que faenan en Portugal no podrán pescar el mismo día en unas y otras aguas. Ni siquiera podrán hacerlo en el caladero nacional los días que quieran. Así, los que habitualmente trabajan en la parte lusa solo podrán faenar en España en un número de días equivalente «en los que un barco del caladero nacional lo haya hecho exclusivamente en Portugal». Un límite con el que se pretende evitar que, en lugar de que los españoles aprovechen las 14 licencias lusas no utilizadas, se vengan los 16 a trabajar en España. Por eso solo se les permitirá traspasar la raia si hay al menos algún barco español que haya faenado exclusivamente en aguas de Portugal al menos un día completo.