El Gobierno hace efectiva la voluntariedad de la vacuna contra la lengua azul

Maruxa Alfonso Laya
M. Alfonso REDACCIÓN / LA VOZ

GANADERÍA

EFE / eliseo trigo | EFE

Las comunidades podrán hacer obligatoria la medida, pero sin que ello suponga una restricción al movimiento de animales

12 mar 2025 . Actualizado a las 10:13 h.

Tal y como ya había anunciado, el Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva normativa que introduce cambios en la estrategia de control de la lengua azul en España. La medida más destacada es el carácter voluntario de la vacunación en determinadas zonas del país, modificando el enfoque obligatorio que regía hasta ahora en los territorios afectados. En Galicia, la Consellería do Medio Rural ya ha anunciado que este año mantendrá la campaña de vacunación gratuita que ofrecía a los ganaderos.

Según explica la orden publicada por Agricultura, las circunstancias excepcionales que se han registrado con respecto a esta enfermedad, como que convivan hasta cuatro serotipos diferentes en el territorio nacional y una situación climática que supone una mayor actividad del insecto que transmite la enfermedad, hacen necesario replantearse la estrategia para combatir el virus, pasando de la erradicación a la protección clínica. Porque estas condiciones hacen muy difícil que se pueda vacunar en gran parte del territorio contra tres o cuatro serotipos a la vez, además de que no hay tantas vacunas disponibles. 

Es por eso que se ha optado por hacer voluntaria la vacunación y permitir el libre movimiento de animales. Eso si, teniendo en cuenta la situación excepcional de Canarias y Baleares, únicas zonas libres de la enfermedad, la orden deja la puerta abierta a que estas comunidades planteen una estrategia diferente. En cuanto al resto de comunidades se establecen tres tipos de zonas, en las que se irán enmarcando los territorios en función de la situación de la enfermedad. Son: Zona Libre, Zona sometida a programa de erradicación frente a los distintos serotipos del virus de la lengua azul y Zona sin estatus. 

 La normativa también introduce cambios en lo que respecta al movimiento de animales. Así, en las zonas sin estatus la autoridad competente autorizará el movimiento de animales de especies sensibles a la enfermedad tanto con destino viuda como sacrificio, siempre que no muestren signos clínicos de la enfermedad

El texto también recoge nuevas directrices para la vigilancia y control de la lengua azul en las explotaciones ganaderas. Se refuerzan las medidas de supervisión sanitaria con el objetivo de detectar y actuar rápidamente ante posibles brotes. Estos cambios suponen una adaptación de la legislación española a las directrices europeas sobre sanidad animal. La nueva regulación busca un equilibrio entre la prevención sanitaria y la optimización de la actividad ganadera, permitiendo una mayor autonomía para los profesionales del sector.

Con esta modificación, el Gobierno pretende garantizar un control eficaz de la lengua azul sin imponer cargas innecesarias a los ganaderos, confiando en la responsabilidad del sector para mantener los estándares sanitarios.