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Un registro de contratos ayudará a vigilar el cumplimiento de la Lei de la Cadena

M.C. REDACCIÓN

GANADERÍA

ROI FERNÁNDEZ

El Consejo de Ministros aprueba un real decreto  que obligará a partir del 30 de junio a inscribir todas las relaciones comerciales entre productores y la industria

21 dic 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Hace tiempo que representantes de los productores como Unións Agrarias habían pedido al Ejecutivo central  la formulación de un registro de contratos para evitar presuntas irregularidades, sobre todo en el sector del vino. «O que se pedía era polo tema do viñedo porque moitos produtores non sabían nin o prezo que ían cobrar. O que pretendíamos co rexistro é que os contratos non se puideran modificar a posteriori como pasaba moitas veces cando había unha inspección»,  recuerda el secretario xeral de Unións Agrarias, Roberto García. Ahora el Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un real decreto que desarrolla un registro de contratos alimentarios de carácter digital donde se deberán inscribir de modo obligatorio las relaciones comerciales entre productores primarios o sus asociaciones de todos los sectores alimentarios con la industria o los primeros compradores.

La inscripción, que deberá realizarse de forma electrónica, comenzará a realizarse el próximo 31 de enero, pero no será obligatoria hasta más allá del 30 de junio. De esta forma, como explican desde el Ministerio en un comunicado, se da cumplimiento a la ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, aprobada en diciembre del 2021. 

El objetivo, añade Agricultura, es también incrementar la protección de los productores al facilitar las funciones de inspección y control que realiza la Agencia de Información y Control de Alimentos (AICA) y de las autoridades de ejecución de las distintas comunidades autónomas, que se encargan de velar por el cumplimiento de las obligaciones en  materia de cadena alimentaria en el marco de sus competencias.

La inscripción deberá realizarse en el momento anterior a la entrega del producto que es objeto de contrato, además de actualizarse en el momento en el que se produzcan actualizaciones del contrato acordadas por ambas partes. Además, la norma aclara que los primeros compradores de leche deberán inscribir estos documentos cuando adquieran materia prima a los ganaderos, al igual que ha de hacerlo el integrador en el caso de las producciones de engorde del sector avícola. El acceso al registro se realizará a través de la web del AICA: www.aica.gob.es

A partir de ahora, explica Roberto García,  el registro permitirá a la adminisrtación poder actuar «cando se suscriban contratos de leite por debaixo de custes de producción ou na carne contratos coma o que vin hai uns días no que se estaba pagando o kilo canal a 5,1 euros, un prezo que tampouco cubre os custes de producción»