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El ministerio confirma a Medio Rural que los mercadillos de proximidad están prohibidos

Somos Agro REDACCIÓN

AGRICULTURA

JOSÉ MANUEL CASAL

La Delegación del Gobierno en la comunidad explica que la venta de alimentación queda restringida a los establecimientos comerciales

02 abr 2020 . Actualizado a las 20:32 h.

Los mercados de proximidad deberán seguir cerrados. Así al menos lo acaba de confirmar la Consellería do Medio Rural, que ha recibido ya una respuesta a la pregunta que planteó a principios de semana a la Delegación del Gobierno en Galicia. Esta explica que la venta de alimentación queda restringida a los establecimientos comerciales, siempre que se tomen las debidas precauciones para evitar el contagio del coronavirus.

De nada han servido los manifiestos firmados por centenares de agrupaciones agrícolas de toda España. En Galicia, los mercados de proximidad seguirán prohibidos durante el estado de alarma. Medio Rural acatará la orden de la Delegación del Gobierno en Galicia, quien asegura que el artículo 10 del Real Decreto que declara el estado de alarma cita expresamente la suspensión de la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, excepto los relacionados con la alimentación, las bebidas y los productos y bienes de primera necesidad. La actividad comercial minorista de alimentación, explica el Gobierno central a la Xunta, queda restringida a establecimientos comerciales, siempre que no supongan un riesgo de contagio por las condiciones en las que se están desarrollando. De esta forma, no estaría permitida la celebración de los mercados tradicionales al aire libre que implican una congregación de un alto número de personas, con el consiguiente riesgo de contagio.

Desde Medio Rural recuerdan que, al mantenerse el cierre de estos mercados locales, la venta de productos agrícolas y ganaderos debe seguir realizándose por medios alternativos que no impliquen presencia física, como por vía telefónica o a través de la venta online. Además, tienen que ser servidos por el productor en el domicilio del consumidor, evitando así el desplazamiento de personas por la vía pública.