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La artesanía alimentaria juega en Galicia con sus propias reglas

m. Cedrón REDACCIÓN

AGRICULTURA

JOSE PARDO

Las Consellerías de Medio Rural y Mar han elaborado un decreto, publicado en el DOG, para regular los productos elaborados de modo tradicional. No podrán llevar grasas transgénicas ni aceites de palma o coco. Estará operativo en seis meses.

11 feb 2020 . Actualizado a las 16:34 h.

Un producto «caseiro» o «feito na casa» no tiene por qué ser ecológico o artesano. Para dejar claro cuando lo es las Consellerías de Medio Rural e do Mar han elaborado un decreto que regula la artesanía alimentaria. La norma, publicada ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y que entrará en vigor dentro de seis meses (10 de agosto), desgrana las cualidades que ha de tener un alimento transformado para obtener el calificativo de artesanal. Además, distingue grupos de productos que pueden ampararse bajo esa denominación: lácteos, cárnicos, vinos, licores, productos de panadería o confitería, sidra, cerveza , productos de pesca y acuicultura.

¿Qué requisitos han de tener para poder ser calificados de artesanos? Lo primero es que han de estar elaborados con materias primas seleccionadas. Pero no podrán entrar en esa categoría aquellos que usen potenciadores de sabor, colorantes o saborizantes artificiales, quedando restringida la utilización de otro tipo de aditivos. Las grasas transgénicas, aquellas que son hidrogenadas de modo artificial), o los aceites de palma o coco tampoco podrán utilizarse. En el caso de los productos semielaborados, su utilización estará limitada a casos excepcionales justificados en la correspondiente norma técnica.

Aunque como indica su nombre estos productos deben de haberse elaborado de modo artesanal, el uso de medios mecánicos estará permitido en determinadas fases del proceso de elaboración

Lo que no está admitido es el uso de reetiquetados ni la colocación en la etiqueta de la razón social de intermediarios que participen en el circuito comercial de estos productos. Solo podrá ponerse la de la empresa artesanal responsable de la elaboración del producto.

El decreto también incluye la puesta en marcha de un registro de artesanía alimentaria, dependiente de la Axencia Galega de Calidade Alimentaria (Agacal), en el que deberán inscribirse aquellos que elaboren este tipo de productos. Más allá de la denominación Artesanía Alimentaria, el decreto establece otras dos categorías. La primera será para aquellos productos «da casa» y «caseiros». Ahí estarán incluidos los que usen como base fundamental las materias primas procedentes de una explotación agraria ligada a la empresa artesanal responsable del producto. La segunda para los que sean elaborados «na montaña». Es decir, con materia prima de granjas de zonas cualificadas con esa categoría. Con la norma en la mano están pendientes los logotipos que definirán a cada uno de estos productos.

El objetivo de la norma, como detalla el decreto, es «promover e protexer as pequenas producións e elaboracións tradicionais artesás de alimentos de alta calidade que contribúen á conservación da cultura alimentaria local». Busca además facilitar la diversificación económica de las explotaciones agrarias con el incremento del valor añadido de las producciones locales, lo que contribuirá a asentar población en el medio rural.  

Pero no hay que olvidar que otro  de los objetivos es conservar los métodos tradicionales de elaboración de productos, además de promover el papel delas mujeres en su elaboración.