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Planas defiende en el Congreso la convalidación del decreto que modifica la Ley de Cadena Alimentaria

Somos Agro REDACCIÓN / LA VOZ

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Este obliga a incluir el coste de producción, prohíbe la venta a pérdidas, regula promociones comerciales de los productos del campo y da publicidad a las sanciones y las endurece, entre otras medidas

26 mar 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El ministro de Agricultura, Luis Planas, compareció ayer ante el Congreso para solicitar la convalidación del Real Decreto de medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación. Es esta la normativa que actualiza y regula la Ley de la Cadena Alimentaria para incluir algunas de las demandas del sector, como la prohibición de la venta a pérdidas, la obligatoriedad de incluir el coste de producción o el endurecimiento de las sanciones a las empresas. El portavoz del ministerio anunció que esta regulación será completada «de forma inminente» con una segunda modificación de esta ley para trasponer la Directiva Europea de prácticas comerciales desleales.

Planas inició su comparecencia destacando el importante papel que está jugando el sector agroalimentario en la crisis originada por el coronavirus. De esta situación se pueden extraer algunas lecciones, insistió el ministro, «y una de las más claras es que necesitamos a nuestros agricultores y ganaderos, también a nuestros pescadores, que siempre están ahí, haciendo bien su trabajo». El responsable de Agricultura recordó que en los últimos meses, una serie de factores llevaron al sector agroalimentario a una situación crítica, lo que ha llevado al Gobierno a tomar una serie de medidas plasmadas en el Real Decreto, «que ya no puede demorarse ni un día más». En su opinión, esta nueva normativa cuenta con medidas «de impacto positivo y necesario» para fomentar el reparto equitativo del valor añadido y el reequilibrio de la cadena alimentaria.

El ministro hizo un repaso por los artículos de este Decreto. El primero de ellos incluye cambios como el de obligar a incluir el coste efectivo de producción como factor para determinar los precios en los contratos agrarios y que el precio pactado cubra el coste efectivo de producción. Además, también se prohíbe la venta a pérdidas, se regulan las promociones comerciales para evitar la banalización de los productos agrarios y se dará publicidad a las sanciones impuestas a las empresas incumplidoras. El artículo segundo busca hacer frente al envejecimiento del sector y potenciar el relevo generacional. Así, propone modificar la ley para incorporar una medida que faciliten la tributación de las ayudas para la primera instalación de los jóvenes agricultores en cuatro años, para que no tengan que hacerlo de una sola vez. Algo que ya había reclamado la Consellería do Medio Rural. El tercer artículo prevé reducir de 35 a 20 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de desempleo o a la renta agraria en Andalucía y Extremadura.

Dar una mayor estabilidad en el empleo al personal eventual agrario es el objetivo del artículo cuarto, ya que incentiva la conversión de estos contratos en indefinidos o fijos-discontinuos a través de bonificaciones en la cuota empresarial. Y el quinto artículo prevé ampliar el ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo más allá del propio centro de trabajo para que se pueda llevar también a cabo en locales o viviendas en la que se alojen los operarios.