En Portugal, la madre gestante en una subrogación tiene 20 días para arrepentirse

Brais Suárez
brais suárez OPORTO / E. LA VOZ

SOCIEDAD

La ley fue aprobada en el año 2021, pero todavía no se conocen casos en los que se haya aplicado

31 mar 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

La actual ley de gestación subrogada en Portugal atravesó un proceso largo, ya que hubo de superar dos vetos del Tribunal Constitucional desde su primer borrador. El actual texto se acabó promulgando en diciembre del año 2021, después de que sus redactores se pusieran de acuerdo en uno de los rasgos más característicos: la potestad de la madre gestante para negarse a entregar el bebé y el margen de tiempo del que disponía para hacerlo.

Actualmente, este período es de 20 días, coincidiendo con el plazo en que cualquier recién nacido debe ser inscrito en el registro civil. Así, tras el parto, la gestante dispondrá de casi tres semanas para echarse atrás, lo que le garantiza un derecho fundamental que el Tribunal Constitucional exigía a la anterior norma, que funcionó entre el 2017 y 2018.

La ley se aplica a los ciudadanos portugueses y a los extranjeros con residencia en Portugal, y excluye cualquier contrato de tipo comercial en torno al proceso; es decir, la madre gestante no podrá recibir nada a cambio, ya sea en forma de pago o donaciones de cualquier tipo.

En la última modificación de la ley se acota su uso a casos muy particulares: «solo es admisible a título excepcional y con naturaleza gratuita, en los casos de ausencia de útero, de lesión o de enfermedad de este órgano u otra situación clínica que impida de forma absoluta y definitiva el embarazo de la mujer», aunque nada dice de los casos de parejas homosexuales, uno de los colectivos más beneficiados frente a las restricciones de distintos países para la adopción. Además, se recomienda que «la gestante de sustitución sea, preferiblemente, una mujer que ya haya sido madre» y que conozca a la pareja que solicite su ayuda. Esta tendrá derecho a asistencia psicológica durante el embarazo y después del parto, así como deberá contar con la aprobación del Colegio de Psicólogos antes de comenzar. Esta se suma al beneplácito del Consejo Nacional de Procreación Médicamente Asistida, especialmente creado para el caso y ya contemplado en versiones previas.

El proceso solo se autorizará «utilizando los gametos de, al menos, uno de los respectivos beneficiarios» e impide que la gestante, «en cualquier caso, sea la donante de cualquier ovocito usado en el procedimiento».

Pese a que la normativa está vigente desde hace más de un año, el semanario Expresso informaba el pasado diciembre que no se había utilizado todavía debido a problemas burocráticos, ajenos al ámbito político. Por ejemplo, es necesario determinar quiénes son beneficiarios de la ley. Después de varios aplazamientos, el Ministerio de Saúde señaló en enero que los detalles serían presentados antes de finalizar el primer trimestre de 2023, pero los interesados siguen sin poder iniciar el proceso.

Previamente había entrado una ley en vigor en agosto de 2017, que el Tribunal Constitucional vetó a posteriori al considerar que violaba varios derechos en concreto, el del arrepentimiento de la gestante. Después, en julio de 2019 se volvió a aprobar un proyecto de ley, pero no hubo consenso entre los diputados para incluir el plazo de dicho arrepentimiento, lo que volvió a costar el veto de la justicia.

La normativa actual partió de una propuesta del Bloco de Esquerda y el animalista PAN, y contó con los votos a favor de los socialistas, Iniciativa Liberal, los Verdes y la diputada independiente Joacine Katar Moreira.