Un padre denuncia que su bebé nacido por fecundación in vitro no es su hijo biológico

juan cano COLPISA

SOCIEDAD

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El hombre reclama junto a su mujer por «un error en el manejo de la muestra de semen» en el hospital. Decidió investigar ante los «reiterados» comentarios de la familia sobre la falta de parecido físico

22 mar 2023 . Actualizado a las 09:54 h.

Una pareja andaluza denuncia que, tras someterse a una fecundación in vitro, han descubierto que el bebé es hijo de la madre, pero no del padre. El matrimonio achaca el «error en el manejo de la muestra de semen» al hospital de Cádiz donde realizaron esta técnica reproductiva.

La pareja, representada por el abogado Ignacio Martínez, de la asociación El Defensor del Paciente, ha presentado una reclamación administrativa contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS), al que solicita una indemnización de un millón de euros.

El escrito, al que ha tenido acceso este periódico, recoge que, debido a la incapacidad de la pareja para concebir de manera natural, acudieron el 26 de marzo de 2019 al Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz, donde se incluyó a la madre en el registro de demanda quirúrgica para ser sometida a un procedimiento de reproducción asistida.

El proceso se llevó a cabo de forma conjunta con el que entonces era su pareja de hecho -registrada el 4 de febrero de 2021- y que actualmente es ya su marido. Dado que el hombre es funcionario y tiene asignada una mutua, se le tuvo que dar un número de afiliación a la Seguridad Social exclusivamente para someterse a esta técnica de reproducción.

El 15 de marzo de 2021, relatan en la reclamación, se llevó a cabo la captación ovocitaria de la madre para proceder a la fecundación in vitro y tres días después se realizó la transferencia embrionaria. El proceso fue exitoso y consiguió quedarse embarazada. Ese mismo año nació su bebé.

«Hasta ese momento -destaca el abogado- estábamos ante un matrimonio que, tras un proceso de fecundación in vitro, había conseguido su sueño de tener un hijo en común, o al menos eso era lo que ellos creían».

Ante los reiterados comentarios familiares de la falta de parecido físico entre el niño y su padre, un conocido de la familia con conocimientos médicos tuvo acceso a la cartilla de nacimiento de su hijo, en la que constaba que tenía un determinado grupo sanguíneo.

Cuando preguntó a la pareja por el suyo, les dijo que era «imposible» que el bebé fuese fruto de esa combinación. «Angustiados por lo que se les decía -añade el escrito de reclamación-, los padres consultaron páginas médicas en internet que confirmaban esta conclusión».

A pesar de ello, y ante cualquier posible error, a los pocos días, en febrero de 2023, decidieron acudir a un laboratorio de análisis clínicos y genética a fin de realizar una prueba de paternidad. El resultado de dicha prueba fue comunicado el 27 de febrero de 2023 y resultó «devastador para la familia»: el patrón genético obtenido indica que no es compatible con el hombre sea el padre biológico del bebé.

En consecuencia, el matrimonio denuncia que la asistencia médica prestada durante el proceso de fecundación in vitro se apartó «de una medicina estándar» y es causa de un gravísimo daño.

«De los resultados de la prueba de paternidad -continúa la reclamación- se deduce objetivamente que se incurrió en un grave error por parte de la sanidad pública en cuanto al manejo de la muestra de semen de fecundación», con unas consecuencias irreparables.

El abogado subraya el alcance del daño para los tres, que depende solamente «del tiempo que se le dedique a pensar sobre el profundo trastorno familiar causado, pues las implicaciones se van derivando en cascada», desde el punto de vista jurídico o incluso en el supuesto que se diagnostique alguna enfermedad.

La reclamación que solicitan al SAS es de un millón de euros que se desglosa en tres partes: padre, madre e hijo. El Servicio Andaluz de Salud ha confirmado que ha recibido una reclamación patrimonial por parte de esta familia con fecha 14 de marzo y se ha limitado a indicar que está en estudio y se iniciará el procedimiento correspondiente.

Gravísimo daño para la familia

La reclamación desglosa en tres partes el gravísimo daño para la familia, según el abogado Ignacio Martínez, que los representa en el proceso:

  •  El niño: «Se verá privado de por vida del vínculo natural biológico con quien es su padre, así como de la cohesión que conlleva una familia biológica normal. Además ha sufrido la privación del vínculo con su padre biológico y con toda la familia paterna, incluidos los posibles medio-hermanos. Se ha producido una lesión de sus derechos inmateriales como persona que le acompañará durante toda su existencia, puesto que a todo lo anterior hay que sumar el hecho de que se le ha privado de conocer una parte importante de su identidad, de su procedencia biológica, su herencia genética y sus antepasados por la línea paterna. Su historia y su origen siempre será un interrogante en su vida. Y el día que tenga hijos, si los tiene, tendrá que aceptar que no serán nietos biológicos de su padre.
  •  El padre: «Sufre un gravísimo e irreparable daño moral, dado que hasta que fue informado de los resultados de la prueba de paternidad de febrero de 2023, pensaba que era el padre biológico del niño; sin embargo, el mismo es hijo de otro hombre cuya identidad desconoce. No solo ha visto frustrado su sueño de tener un hijo biológico en común con su esposa, que era lo deseado, sino que además en algún momento de la vida del niño este descubrirá la verdad, a saber, que no es su padre biológico, lo que acarreará un incalculable impacto emocional y personal añadido para ambos. También, como el niño y la madre, se verá privado para siempre de sentirse incluido en una familia natural, es decir, unida por un vínculo biológico. Además lo normal es que en su día tenga nietos con los que tampoco obviamente tendrá vínculo biológico».
  • La madre: «Que sí lo es biológica del niño, tiene ahora conocimiento de que involuntariamente ha gestado y dado a luz a una criatura que es de otro hombre, con todo el impacto que eso comporta, esto es, entre otras cosas, la angustia de no conocer la identidad del padre biológico de su hijo, puesto que ella sí había escogido a quién quería que fuera el padre -el hombre a quien quiere y con quien comparte su vida-, con quien deseaba tener descendencia común, pues es un elemento determinante de ese consentimiento y voluntad de ser madre las cualidades y la personalidad de su pareja. Además sufrirá como los dos anteriores el no pertenecer a una familia cohesionada por lo biológico, y de rebote por lo que padezca su hijo y su marido».