El Gobierno cuela en la reforma de la sedición una aclaración al «solo sí es sí»

SOCIEDAD

Carlos Luján | EUROPAPRESS

Recuerda que los tribunales tienen limitada su capacidad de revisar las penas

13 dic 2022 . Actualizado a las 16:39 h.

Con la reforma del Código Penal que elimina el delito de sedición el Gobierno ha querido matar dos pájaros de un tiro, introduciendo a última hora en su exposición de motivos una enmienda con la que pretende aclarar cómo debe ser aplicada la ley del «solo sí es sí». Con el objetivo de servir de guía a los jueces que se enfrenten a revisiones de condenas, un nuevo párrafo recuerda que siguen vigentes las disposiciones transitorias que limitan la capacidad de los tribunales para reducir un pena si puede imponerse también con la nueva ley. Expertos en Derecho Penal advierten, sin embargo, de que este remiendo no tiene fuerza de normativa y dudan seriamente de que vaya a tener algún efecto a la hora de frenar la rebaja de penas a los ya condenados por delitos sexuales.

La enmienda —una transaccional del PSOE y Podemos sobre una original del PDECat—, que salió este martes adelante en la Comisión de Justicia con el apoyo del PNV, Junts y la CUP, busca marcar la pauta de la aplicación de todas la reformas penales y evitar polémicas futuras como la generada por las revisión de condenas al amparo del «solo sí es sí». La instrucción viene a decir que así como debe aplicarse el principio de retroactividad de la ley penal más favorable al reo, también debe tenerse en cuenta la disposición transitoria quinta del Código Penal que limita la revisión de condenas, aunque no se incorpore expresamente en la ley. Así lo establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Apela, entre otras cosas, a lo establecido en su momento en el Código Penal de 1995, donde se estableció que en las penas privativas de libertad no se consideraría más favorable la nueva reforma cuando la duración de la pena anterior fuese también imponible con arreglo al nuevo código. No obstante, la propia transaccional admite que dada «la diversidad de interpretaciones realizadas en recientes reformas» sería aconsejable que la disposición transitoria se introdujera «de forma expresa».

«Toque de atención a los jueces»

Precisó el espíritu de la aclaración este martes el portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, explicando que este añadido es un texto pactado por Justicia e Igualdad para recordar a los tribunales y a los jueces que no hay por qué rebajar las penas con la entrada en vigor de la «ley del solo sí es sí», porque el Código Penal es «compatible» con las penas que establece y pueden mantenerse esas condenas. «Es un toque de atención a los tribunales para que no vayan por ahí, porque esta ley también permite compatibilizar penas y que no haya rebajas de condenas si entran dentro de la horquilla», subrayó.

El PP: «Es un engaño»

Desde el PP recuerdan, sin embargo, que una exposición de motivos no tiene «ninguna capacidad normativa». «Aquí lo que hay es un engaño a los españoles, disimular como si se estuviera haciendo algo», valoró Cuca Gamarra.

Mientras, el Gobierno sigue a la espera de que el Tribunal Supremo unifique doctrina sobre la aplicación de la ley. «Esta enmienda es un ajuste técnico para reforzar la interpretación habitual de un régimen transitorio de una legislación penal a otra», aclaró su portavoz, Isabel Rodríguez.