La Audiencia de Navarra no rebajará la pena a un condenado de La Manada

mateo balín COLPISA

SOCIEDAD

Carlos Castro

Ángel Boza pidió reducirla de 15 a 13 años y medio por la ley del «solo sí es sí»

29 nov 2022 . Actualizado a las 11:55 h.

 En contra de la línea seguida por al menos nueve tribunales territoriales, la Audiencia de Navarra anunció este lunes que no rebajará las condenas por delitos sexuales cuando las penas impuestas puedan ser imponibles con la ley de libertad sexual, la del «solo sí es sí». Las dos secciones penales solo revisarán las sentencias cuando la pena contemplada resulte superior o más grave que la máxima recogida en la nueva norma. Esta decisión avanza que los magistrados van a rechazar la solicitud de revisión a uno de los condenados por el mediático caso de La Manada. Se trata de Ángel Boza, que cumple prisión en el centro penitenciario de Albolote (Granada).

Su abogado, Agustín Martínez, reclamó una rebaja de su pena al haber bajado el mínimo por el delito de agresión sexual con agravantes. En su caso y en el de los otros cuatro castigados por estos hechos, la pena de 15 años que les impuso el Tribunal Supremo sigue siendo posible tras la reforma, por lo que conforme a los criterios acordados por la Audiencia no se tocará. Esta postura sigue la línea del decreto difundido por la Fiscalía General, que ha ordenado a los fiscales no apoyar la revisión de las sentencias por delitos sexuales cuando la pena impuesta también sea susceptible de imponerse con arreglo a la nueva ley. Sin comparación Las dos secciones penales de la Audiencia de Navarra explican que la nueva configuración de tipos penales que afectan a la libertad e indemnidad sexual (la fusión de los delitos de abusos y agresión sexual en uno solo) no permiten «una comparación objetiva de delitos idénticos».

Por lo tanto, se establece que se procederá a la revisión de las condenas cuando la pena que fue impuesta resulte superior o más grave que la máxima contemplada por la nueva ley. Hasta la fecha, al menos nueve audiencias provinciales de otras comunidades sí han apostado por aplicar la vía más favorable al condenado, según el artículo 2.2 del Código Penal, sobre todo en la revisión de aquellas resoluciones cuyas horquillas mínimas se usaron de referencia para imponer las penas, dado que la ley del «solo sí es sí» ha modificado en profundidad el cuadro penológico para los diferentes supuestos delictivos.

El último caso conocido fue revisado por la Audiencia de Cantabria. Se trata de la rebaja de 18 a 11 años a dos agresores sexuales que en 2017 violaron a una chica en un hostal de Santander. Es la reducción más abultada desde la entrada en vigor de la ley, ya que hasta ahora la media ha sido de entre dos y cinco años. A los acusados les castigaron por la agresión sexual y la cooperación necesaria del mismo delito. Una doctrina consolidada por el Supremo precisamente tras el caso de La Manada.