El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rebaja dos años la pena a un hombre que abusó de una menor

La Voz REDACCIÓN / AGENCIAS

SOCIEDAD

Los magistrados indican que están obligados a aplicar la ley del «solo sí es sí». El acusado forzó sexualmente a una chica de 15 años con la que contactó a través de una red social en el 2018

29 nov 2022 . Actualizado a las 15:11 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), «de acuerdo con el criterio de la Fiscalía», ha rebajado de ocho a seis años de cárcel la condena impuesta a un hombre de Ourense que en 2018, cuando tenía 24 años, abusó sexualmente de una menor de 15 años con la que había contactado a través de una red social.

Según indica el alto tribunal gallego en un comunicado este lunes, los magistrados explican que han rebajado la pena por «ministerio de la ley», es decir, «por estar así establecido mediante ley, y que han tenido en cuenta el dictamen emitido por el Ministerio Fiscal en el sentido de que, en este caso, procede la rebaja de la condena».

El TSXG incide en que «la nueva regulación del acto de carácter sexual con menores, en su modalidad de acceso carnal (artículo 183.1 del Código Penal) parte de una pena mínima de seis años, a diferencia de la anterior regulación, que fijaba tal grado mínimo en ocho».

En opinión de la sala, es «evidente» que la conocida «ley del solo sí es sí» es «una reforma favorable al reo», por lo que los magistrados indican que se ven obligados «en aplicación del artículo 9.3 de la Constitución Española y del 2.2 del Código Penal, a aplicar retroactivamente la nueva disposición».

Esto es así, señala la nota emitida por el alto tribunal gallego, porque LO 10/2022 -ley de «solo sí es sí»- carece de disposición transitoria «que pudiese llevar -eventualmente- al análisis de una solución diferente, toda vez que, en el presente caso, el tribunal de instancia aplicó la pena mínima, una pena que en la redacción vigente es inferior en la mesura expresada».

«El TSXG, como consecuencia de ello, y acogiendo el dictamen del Ministerio Fiscal, ha procedido a rebajar la condena, a pesar de que ha confirmado el contenido de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ourense» en su momento, concluye el alto tribunal.

Al menos 39 condenados se han beneficiado ya de la ley del «solo sí es sí» y 10 han sido excarcelados

El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del «solo sí es sí» asciende hasta el momento a 39 —como mínimo, es posible que haya más y que sus casos no hayan trascendido—: 35 revisiones de condena a la baja y cuatro sentencias posteriores en la aplicación de la norma. Un total de diez personas han sido excarceladas.

Las rebajas dictadas por la Audiencia Provincial de Cantabria han sido las últimas en sumarse a la lista. En concreto, se han revisado las penas impuestas en el 2020 a dos condenados por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander, pasando de 18 años de prisión a 11. El mismo tribunal había rebajado hace unos días la pena de un agresor sexual de cinco a dos años de cárcel.

Las fuentes consultadas por Europa Press han confirmado 20 casos revisados a la baja en Madrid, tres en Cantabria, dos en Baleares, tres en Galicia, dos en Castilla y León, uno en Andalucía, uno en Asturias, otro en Castilla-La Mancha, uno más en Murcia y un último en Canarias. Diez de estos 32 han supuesto la excarcelación de los condenados, que con la nueva cuenta ya habrían cumplido su pena: seis en Madrid, dos en Baleares, uno en Cantabria y otro en Galicia. En sus resoluciones, los magistrados han precisado que, aunque la normativa no aclara si debe ser o no aplicada a procedimientos en trámite o con sentencia firme, el propio Código Penal en su artículo segundo indica que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo».

Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, el recuento es el siguiente: el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha aplicado en un caso las nuevas penas; la Audiencia Provincial de León, en dos; y la de Barcelona, en uno, por un delito consumado de violación.

200 revisiones pendientes

El número de condenas rebajadas podrían verse incrementado en los próximos días ante las revisiones pendientes. La semana pasada, las audiencias provinciales de la Comunidad Valenciana confirmaron estar repasando, de oficio o a instancia de parte, más de cien sentencias, y los tres tribunales del País Vasco han recibido al menos diez peticiones de revisión. En Madrid —donde hay 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, susceptibles de volver a ser estudiadas— se están examinando 121 de oficio y a instancia de parte, 55.

Las revisiones de condenas firmes previas al 2015 podrán recurrirse directamente al Supremo.