La Xunta solicitó ya el aval judicial para seguir pidiendo el certificado covid en la hostelería y el ocio nocturno

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La petición se presentó a primera hora de la mañana para que el tribunal resuelva lo antes posible

13 ago 2021 . Actualizado a las 16:48 h.

La Xunta pidió a primera hora de la mañana al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que ratifique el requisito de exigir un certificado covid para acceder al interior de los establecimientos de hostelería de los niveles más altos de restricción, alto y máximo, y en los locales de ocio nocturno de los concellos en nivel medio y medio bajo, ya que en el resto está cerrado.

El objetivo es que el tribunal responda lo antes posible. Y es que el TSXG decretó en dos autos notificados este jueves que solicitar a los clientes de locales de hostelería y ocio nocturno un certificado covid para acceder al interior de sus establecimientos «carece de vigencia», ya que se trata de una medida restrictiva con los derechos fundamentales. Por lo tanto, la Xunta debió haber solicitado una autorización al alto tribunal para implantarla en Galicia, algo que hará de forma urgente este viernes la Administración.

La Xunta recuerda que estos requisitos se pusieron en marcha para permitir que los interiores de hostelería y ocio nocturno permaneciesen abiertos en circunstancias en las que antes tendrían que cerrar, «nun empeño de garantir o libre exercicio destas actividades económicas».

En dos autos remitidos este jueves, uno a la asociación Liberum y otro a titulares de establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno de Santiago, el tribunal deniega las medidas cautelarísimas que solicitaban estas entidades contra el requerimiento de presentar el certificado covid «porque la medida que instan suspender carece de vigencia en Galicia al no haber sido autorizada por el TSXG».

Tirón de orejas

Los magistrados dan un tirón de orejas a la Xunta, ya que esta pidió autorización para aplicar las medidas de la orden del 21 de julio —en la que se recogían las limitaciones a las reuniones—, pero no solicitó el amparo para poner en marcha la orden del 22 de julio, «que contenía el requerimiento de presentar el certificado covid-19 en establecimientos de hostelería y restauración». Entienden desde el TSXG que este «anómalo proceder» indujo a confusión.

«Llama poderosamente la atención que la Xunta solo sometió a autorización de la sala de lo contencioso-administrativo del tribunal la orden del 21 de julio, pero no la del 22 de julio, que contenía las medidas restrictivas de derechos fundamentales cuya suspensión se insta», recoge el texto.

Por lo tanto, pedir el certificado covid, una prueba diagnóstica o un documento de haber pasado el coronavirus para acceder a un local de ocio nocturno en concellos de nivel medio y medio-bajo, así como a establecimientos de hostelería de nivel alto y máximo no tiene vigencia hasta que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia lo ratifique. Esto quiere decir que en A Coruña, por ejemplo, en nivel alto, ya no es necesario este certificado para entrar en un restaurante.