La Justicia autoriza prorrogar el toque de queda en Cataluña a 176 municipios

La Voz REDACCIÓN

SOCIEDAD

ALEJANDRO GARCÍA | EFE

El auto permite limitar a un máximo de diez personas las reuniones sociales y reducir al 70 % de aforo los actos religiosos y fúnebres

05 ago 2021 . Actualizado a las 16:44 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha autorizado a la Generalitat a prorrogar el toque de queda nocturno hasta el próximo 20 de agosto y ampliarlo a 176 municipios catalanes con alta incidencia de coronavirus.

En un auto, la sala contenciosa del alto tribunal catalán da luz verde a la limitación de la movilidad nocturna, que el Govern pide aplicar ahora a 176 poblaciones con una incidencia acumulada de 250 casos por cada 100.000 habitantes, en vez de los 400 establecidos en los toques de queda anteriores. La sala acepta la justificación del Govern y, a su parecer, es una «muestra palpable de la comprometida» situación sanitaria actual. Así, avala prorrogar esa medida por un máximo de dos semanas; eso sí, «con cautela», porque «si las circunstancias y datos son cambiantes, habrá que estar a la altura de las exigencias».

El auto, que también permite limitar a un máximo de diez personas las reuniones sociales y reducir al 70 % de aforo los actos religiosos y fúnebres, mantiene que las medidas adoptadas por la Generalitat son «necesarias, idóneas y proporcionadas en la situación de grave e inminente riesgo de progresión de la pandemia, con grave afectación al sistema sanitario».

Como ya hizo en su anterior resolución autorizando el toque de queda, el TSJC pide al Govern que, en sucesivas solicitudes, complete su informe estadístico con datos sobre vacunación e incidencia acumulada por franjas de edad, especificando también el personal sanitario que cada semana está de baja debido al coronavirus.

Los jueces se remiten en su auto al informe sanitario aportado por la Generalitat que, pese a algún «pronunciamiento veladamente optimista», revela la «mayúscula situación epidemiológica» en que se encuentra Cataluña debido a la extensión de la variante delta, un 62 % más contagiosa. La sala considera que, a la luz de esos datos, lo más preocupante ahora son los ingresos de la unidad de críticos y los fallecimientos, que han aumentado un 82 %.

«Se muestra con contundencia que para detener la progresión de la epidemia continúa siendo trascendental adoptar medidas no farmacológicas como las de restricción de la movilidad nocturna, el número máximo de personas en reuniones y encuentros familiares o sociales y las limitaciones de asistencia en actos religiosos y ceremonias civiles», asegura el auto. La sala recuerda que esas medidas han sido «eficaces» y que, sin ellas, la incidencia acumulada y el resto de índices epidemilógicos «se incrementaron de forma sobresaliente».

En ese sentido, admite el tribunal que «no se advierte qué otras medidas puedan adoptarse» para atajar la progresión del virus y evitar el colapso del sistema sanitario, aparte de la vacunación, aunque «en el breve plazo de reacción» de que se dispone, tampoco parece que ello permita revertir la situación sin restricciones adicionales.