La Justicia avala limitar las reuniones en Galicia desde esta medianoche

María Hermida
María Hermida REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Hasta ayer, solo terrazas. Los restaurantes del paseo marítimo de Mugardos abiertos ayer llenaron sus limitadas mesas, al estar autorizado solo el consumo en el exterior y al 50 % de aforo
Hasta ayer, solo terrazas. Los restaurantes del paseo marítimo de Mugardos abiertos ayer llenaron sus limitadas mesas, al estar autorizado solo el consumo en el exterior y al 50 % de aforo CÉSAR TOIMIL

El TSXG considera que las restricciones que aprobó la Xunta, y para las que le pidió aval, son «idóneas, necesarias y proporcionadas»

23 jul 2021 . Actualizado a las 17:48 h.

«Idóneas, necesarias y proporcionadas». Así califica el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) las medidas que aprobó la Xunta para limitar las reuniones en Galicia y para las que tuvo que pedir el aval judicial, ya que afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos. Y, dado que así las considera, la Justicia las ha apoyado, por lo que todas las restricciones anunciadas por Alberto Núñez Feijoo el miércoles entran en vigor esta medianoche (o, lo que es lo mismo, a las 00.00 horas de mañana, sábado) y que tendrán validez hasta el día 7 de agosto, cuando se sabrá ya si se prorrogan, se anulan o cambian. 

No hubo sorpresa. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en contra de lo hecho por las salas de otras comunidades, siempre se ha caracterizado por su actitud deferente con la Xunta en cuanto a las medidas del covid. Falta la primera ocasión en la que le dijese que no a alguna restricción aprobada por el Ejecutivo de Núñez Feijoo. Y esta vez tampoco lo hizo. Así, avala que se limiten las reuniones en espacios cerrados a únicamente seis personas y a grupos de diez o dos unidades de convivencia al aire libre. Igualmente, da luz verde a que entre las 3 y las 6 de la madrugada no se pueda estar con no convivientes, una medida que es más dura (va desde la 1 a las 6 de la madrugada) en los municipios donde la incidencia se ha disparado sobremanera y están en nivel alto o máximo (un total de 36 ayuntamientos). 

El tribunal gallego considera que la Xunta justificó «la existencia de un peligro para la salud de la población, que se puede ver agravado si esas medidas no se adoptan, así como que carece de otros medios menos agresivos para afrontarlo». Además, destaca que las medidas «responden a una situación clara de incremento del virus» y asegura que «no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social».

El tribunal también explica en qué se han basado para dar el aval a la Xunta. Así, desde el TSXG señalan: «Los jueces han tenido en cuenta un informe conjunto elaborado por la subdirectora xeral de Información sobre Saúde e Epidemioloxía y por una experta universitaria en vacunas, el cual ampara las medidas debido a la evolución negativa de la situación epidemiológica y sanitaria de la comunidad. Los magistrados citan «un preocupante incremento en la transmisión de la infección» y señalan que, además de la documentación referida, consultaron las gráficas de contagios, hospitalizaciones y demás indicadores sobre la pandemia en Galicia. A ese respecto, ven diferencias entre las distintas zonas del mapa gallego: «El desglose de esos datos se realiza por áreas sanitarias, con muy diferentes resultados, pero todos ellos en progresión hacia una situación de incremento en la positividad del virus, que tiene mayor incidencia en las áreas de Ourense y Pontevedra».

Los jueces llegan a la siguiente conclusión antes de dar el aval a la Xunta: «Con todo, esos datos se tienen que ponderar con otros factores, como los demográficos o los brotes o repuntes descontrolados, que al final se han tenido en cuenta para proponer las limitaciones de agrupamientos, en general, y los más limitados, en los 36 municipios que presentan unas incidencias más adversas, todos los cuales han sido objeto de un tratamiento singular en el informe técnico». A partir de ahí, dan por buenas las medidas hasta el día 7 de agosto. Contra el auto cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Las medidas, por tanto, entran esta medianoche en vigor.