Aprobada la ley que permite cambiar de sexo a los mayores de 14 años con un trámite administrativo

redacción / la voz

SOCIEDAD

Jesús Hellín

El acuerdo permite iniciar la tramitación de una ley que generó un intenso debate en el Gobierno y que ha dividido a los colectivos feministas

29 jun 2021 . Actualizado a las 18:47 h.

El Gobierno ha dado luz verde este martes a la futura ley trans, que permitirá a los mayores de 14 años cambiar de sexo con un trámite administrativo, sin pruebas ni testigos, y acaba con los informes sanitarios y la necesidad de tutelas médicas y legales. «Con este proyecto de ley, pretendemos superar esta histórica invisibilidad, la estigmatización y la falta de reconocimiento de los derechos de las personas LGTBI», ha dicho la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero.

El anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI comienza así su tramitación, después de meses de duras negociaciones en el seno del Gobierno de coalición y las críticas de un sector del movimiento feminista que cree que esta ley supone el «borrado de las mujeres».

El anteproyecto recoge que el proceso para la rectificación registral se iniciará mediante la comparecencia de la persona interesada en el Registro Civil -este paso también se puede hacer online- en donde se le hará entrega del formulario que recogerá su manifestación de disconformidad con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento y su solicitud de que se proceda a la correspondiente rectificación.

En este documento se deberá incluir la elección de un nuevo nombre propio, salvo cuando la persona quiera conservar el que ostente y ello sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.

En esta comparecencia inicial, la persona encargada del Registro Civil informará a la persona solicitante de las consecuencias jurídicas de la rectificación pretendida, incluido el régimen de reversión, así como de la existencia de las medidas voluntarias de apoyo que estén a disposición de la persona solicitante a lo largo del procedimiento, incluyendo medidas de protección contra la discriminación, promoción del respeto y fomento de la igualdad de trato.

Igualmente, pondrá en conocimiento de la persona legitimada la existencia de asociaciones y otras organizaciones de protección de los derechos en este ámbito a las que puede acudir. En el caso de los menores entre 14 y 18 años, todos los intervinientes en el procedimiento deberán tener en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor. El texto indica, en este sentido, que la persona encargada del Registro Civil le facilitará la información sobre las consecuencias jurídicas en un lenguaje claro, accesible y adaptado a sus necesidades.

Cuatro meses

Tras suscribir la persona solicitante que está conforme, deberá ser citada de nuevo en un plazo máximo de tres meses para comparecer de nuevo en el Registro Civil y ratificar la solicitud, aseverando la persistencia de su decisión. Firmada y presentada la solicitud se dictará resolución sobre la rectificación registral solicitada dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia. Es decir, el proceso completo para el cambio de sexo duraría un máximo de cuatro meses.

Las mismas fuentes del Ministerio han destacado también la inclusión de medidas en la norma para garantizar los derechos de las personas intersexuales, o que las parejas lesbianas no necesiten estar casadas para aparecer ambas mujeres como madres de un bebé. Además, prohíbe las terapias de recoversión.

Este anteproyecto recoge, aunque no completamente, algunas de las medidas que la Federación Estatal de Gais, Lesbianas, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), la Fundación Triángulo y 'Chrysallis', asociación de familias de menores trans, trasladaron al Gobierno en una reunión que mantuvieron a principios de este mes de junio.

Tal y como explicaron a los medios en rueda de prensa, se propuso, como seguridad jurídica a la autodeterminación, establecer un plazo máximo de tres meses para completar el proceso de cambio registral (que en la actualidad es de unos tres años), así como que la autodeterminación fuera posible para menores hasta los 12 años, mientras que los niños con menos edad pasaría por una primera fase de cambio de nombre únicamente.

Además, no se oponían a la unión de las dos normas, como proponía el PSOE, siempre que se mantuviera el «nombre de las personas trans por delante». En una posición muy diferente se encuentran las organizaciones trans, que considera que el Ejecutivo se ha «cargado» la ley que garantizaba los derechos de su colectivo y pedían que se tramitara de forma individual.

Tal y como ha denunciado la Federación Plataforma Trans, el Gobierno está «incumpliendo» su acuerdo, que hablaba de desarrollar dos leyes y considera que han «dejando en el limbo a las personas trans» y a los menores, al «excluir» a los de menos de 14 años de la posibilidad de realizar el cambio registral, así como al colectivo de no binaries, o a las personas trans migrantes.