Faltan once días para que el pleno del Constitucional debata sobre el primer estado de alarma. Lo hará un año después de haberse terminado el mismo. Así que la pregunta es clara: ¿qué efectos tendría ahora que se declarase inconstitucional el estado de alarma? Desde luego, está garantizada la tormenta política a su costa. Pero, más allá de la bronca habitual, sí puede haber un efecto práctico para los ciudadanos, porque si se declara inconstitucional el estado de alarma se anularían las sanciones puestas por incumplirlo, aunque hay que recordar que muchas de ellas ya cayeron tras pronunciarse distintos tribunales contenciosos, al entender la Justicia que las denuncias se habían interpuesto sobre la base de la Ley de Seguridad Ciudadana (la conocida como ley mordaza), cuando deberían haber apelado a la Ley de Sanidad o a otra normativa.
De todas formas, si el tribunal de garantías dice en breve que el primer estado de alarma no fue constitucional, no está claro si se anularían todas las denuncias o solo una parte de las mismas. Para que caigan todas tendría que especificarlo así la sentencia del Constitucional, que puede hacerlo. Si no llega a ser tan explícita, tal y como explica el catedrático Luis Míguez, lo normal es que no se anulen aquellas que ya están cobradas (es decir, no se devolvería el dinero), pero sí las que están en proceso de recurso o las que no llegaron a abonarse.