Atar a los jóvenes estará prohibido en los centros de menores

Alfonso Torices MADRID /COLPISA

SOCIEDAD

MARCOS MÍGUEZ

La ley de la Infancia desterrará el uso de la fuerza  y la inmovilización física será el último recurso

05 may 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

 La ley de la Infancia va a incorporar en su paso por el Senado todo un capítulo destinado a desterrar el uso de la fuerza de las medidas de seguridad que se podrán aplicar en los centros de menores. Los grupos, a propuesta del PSOE, introducirán esta semana una serie de enmiendas para reducir al máximo limitaciones de derechos como el aislamiento o la restricción de movimientos, para impedir que la inmovilización física se aplicarse a los menores de 14 años, y para prohibir totalmente atar a estos jóvenes a camas o anclajes, sea cual sea la circunstancia.

La nueva norma, que busca poner coto a los miles de casos de maltrato, acoso o abusos sexuales que padecen los niños y adolescentes españoles, modificará cuatro leyes para establecer que la convivencia y la seguridad en los centros de menores se garantizará con medidas preventivas o de desescalada (técnicas verbales de apaciguamiento), y que solo ante situaciones «excepcionales» y de alto riesgo, «como último recurso», se autorizarán medidas de contención del menor.

Estas situaciones excepcionales serán las de inminente y grave peligro para la vida o la integridad del menor o de una tercera persona, que se concretan en crisis como el intento de fuga, el riesgo directo de autolesión o de lesiones a otros, los graves daños a las instalaciones, o la resistencia activa que «suponga alteración grave de la convivencia o vulneración grave de derechos de otros menores» Pese a todo, estas crisis siempre se tratarán de solventar en primer lugar con diálogo y gestión emocional (desescalada), que tendrá que ser ejecutado por un especialista en resolución de conflictos, y solo si todo fracasa se podrá pasar a las llamadas «medidas de contención».

Las acciones de último recurso se aplicarán con «la mínima intensidad posible», por «el tiempo estrictamente necesario» y respetando la dignidad, privacidad y derechos del chico; solo podrán ser acordadas por el director del centro o por quienes él delegue; estarán motivadas y serán recurribles; y siempre se incluirán en el registro de incidencias y se comunicarán de inmediato a la Fiscalía.

Entre las medidas de contención están la limitación física de espacios o movimientos entre el menor y la persona u objetivo que genere el conflicto, el aislamiento provisional (que no podrá sobrepasar las tres horas y requerirá del acompañamiento de un educador), el cacheo (a realizar por al menos dos profesionales del mismo sexo y en un lugar sin la presencia de terceros si precisa de exposición corporal, que solo podrá ser «parcial»), y la interposición física de un técnico entre los menores en conflicto.

En último lugar, y solo «como última instancia» y «bajo estricto protocolo», se podrá producir la inmovilización física del menor por profesionales especializados en «técnicas de sujeción personal». Si es preciso el uso de la fuerza, será obligado que un médico le realice un reconocimiento en el plazo máximo de 48 horas y emita un informe. Esta medida límite, además, será inaplicable a cualquier chico de menos de 14 años y a residentes embarazadas o madres lactantes.

Sujeción de muñecas Lo que la nueva ley de protección integral del menor prohibirá por completo, sea cual sea la edad del joven, la crisis en que se vea inmerso o el tipo de centro en el que se encuentre, es la denominada contención mecánica, que consiste en atar al chico con correas, esposas o grilletes a una cama, un objeto fijo o a otros muebles. La medida más radical que autorizará la nueva norma para la inmovilización física será la sujeción por las muñecas con algún sistema homologado. Solo se podrá aplicar en un caso extremo (riesgo vital o similar) y en los centros de menores con problemas de conducta. Se hará con un protocolo estricto, nunca durante más de una hora, y el inmovilizado estará siempre acompañado por un educador.

El paquete de grandes limitaciones a las medidas de seguridad en los centros de menores que introducirá el Senado se sumará a otras acciones específicas para prevenir casos de violencia contra los niños y adolescentes acogidos en este tipo de instalaciones que ya contenía el texto aprobado por el Congreso. Uno de los cambios más significativos fue la obligación de disponer de protocolos de detección precoz de todas las violencias, pero con especial atención a impedir la trata de seres humanos o el abuso y explotación sexual de los menores residentes, que tienen como objetivo evitar la repetición de escándalos como los casos de prostitución de adolescentes acogidos en centros de protección de Baleares.