¿Me podrán traer comida a casa durante las horas del toque de queda?

Pablo Gómez Cundíns / Fran Balado REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

LOREN ELLIOTT

El Real Decreto publicado el domingo establece ciertas excepciones a la restricción de movilidad entre las 23.00 y las 06.00 horas

28 oct 2020 . Actualizado a las 18:26 h.

¿Qué sucede si tengo hambre o no he podido comprar comida para cocinar antes de las once de la noche? El Real Decreto publicado el pasado domingo y por el que se declara el estado de alarma y las restricciones de movilidad (el toque de queda) desde las 23.00 hasta las 06.00 horas no permite que los ciudadanos acudan al restaurante a buscar su comida, pero ¿se puede pedir comida a domicilio?

Una de las excepciones al confinamiento domiciliario temporal por el covid-19 que recoge el artículo 5 es el «cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales», de modo que si bien el cliente no puede acudir al establecimiento hostelero para abastecerse, el reparto continúa permitido, como actividad laboral que es. En el caso de Galicia, los restaurantes de comida a domicilio podrán seguir entregando su producto hasta la una de la madrugada. 

También en relación con los servicios de hostelería y alimentación, según el Ministerio de Sanidad, aunque haya profesiones que impliquen la circulación de personas en las horas en las que el toque de queda está vigente, como el transporte de mercancías por carretera, aunque esté permitido el desplazamiento y esté permitido que el restaurante esté abierto (en el caso de Galicia, en teoría hasta las doce de la noche pueden admitir clientes con hora de cierre y desalojo a la una de la madrugada), lo que no estará autorizado es que las personas puedan entrar. En ese laberinto legal, la conclusión práctica es que los restaurantes no tendrán clientela desde las once de la noche, sin excepción de si el cliente es un trabajador en su horario laboral.

Así, tomando el ejemplo del transportista, tendrá que adaptar sus horarios de descanso y comidas al toque de queda de 23.00 a 06.00 horas.

No se puede pasear al perro

Otra de las inquietudes que le han trasladado los ciudadanos al Ministerio de Sanidad a través de los medios de comunicación es la posibilidad de poder pasear a sus perros más allá de las once de la noche. Dado que en Galicia la Xunta no ha especificado nada al respecto, desde el Gobierno se asegura que está prohibido circular por la vía pública, salvo causa justificada y que el paseo de los perros no es una de ellas.