El TSXG ratifica las restricciones en Ourense por «apropiadas y justificadas»

La Voz

SOCIEDAD

Santi M. Amil

Respalda la limitación de la movilidad y la prohibición de permanecer en grupo en la vía pública, así como en los espacios de uso público y privados

23 oct 2020 . Actualizado a las 15:57 h.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado las medidas restrictivas acordadas el pasado miércoles por las autoridades sanitarias autonómicas en el marco del comité clínico en el área sanitaria de Ourense por «apropiadas y justificadas desde el punto de vista normativo y técnico». En concreto, avala las decisiones tomadas con respecto a derechos fundamentales contenidas en el punto segundo de la orden del conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, del 21 de octubre como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del covid-19 en las comarcas de Allariz-Maceda, O Carballiño, Ourense, O Ribeiro, Terra de Celanova, Valdeorras y Verín.

El auto, con fecha de 23 de octubre, recuerda que «tales medidas comportan restricciones a la movilidad y a la permanencia de grupos de personas en la vía pública, así como en los espacios de uso público y privados, durante un período de 14 días naturales que comienzan el 22 de octubre de este año». Y para tratar de conseguir la ratificación de esas medidas, indica el TSXG, «aduce la letrada autonómica las normas legales sanitarias que dan cobertura a las medidas, que se amparan en los informes que adjunta», a lo que «esta sala va a acceder», puntualiza.

Finalmente, se recuerda en el fallo que para la misma zona, «ya ratificó esta sala en su auto» del 16 de octubre del 2020 «otras medidas preventivas». «Ratificación que ahora se hace para las acordadas en la Orden de 21 de octubre del 2020, por ser apropiadas y justificadas desde el punto de vista normativo y técnico», concluye.