La prohibición de fumar en Galicia incluye los cigarrillos electrónicos, pipas y cachimbas

La Voz REDACCIÓN

SOCIEDAD

Adrián González

La orden de la Xunta, que ha entrado en vigor el lunes 17, obliga al cierre de los locales de hostelería antes de la una y no permite el acceso de clientes desde las 0.00 horas

17 ago 2020 . Actualizado a las 07:38 h.

La orden de la Xunta, que modifica las medidas preventivas acordadas en junio para hacer frente a la crisis del covid-19, ha entrado en vigor el lunes 17 a partir de las 0.00 horas. En su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) se han precisado algunos aspectos de lo ya adelantado.

-Tabaco. La prohibición de fumar en la vía pública y terrazas sin tener la distancia de seguridad de dos metros incluye, además de los cigarrillos tradicionales, los electrónicos. También cualquier dispositivo de inhalación como pipas de agua y cachimbas.

-Grupos con mascarilla. Además del veto a las reuniones de más de diez personas, se hace una recomendación expresa respecto al uso de máscara en el caso de reuniones y confluencia de personas que no convivan. También, mantener la distancia de seguridad y aplicar medidas de higiene. 

-Consumo en barra. En los establecimientos hosteleros se permitirá, pero manteniendo la distancia de seguridad. En el caso de las medidas específicas que se establecieron para A Coruña la posibilidad de la barra queda excluida.

-Distancia en mesa. Si los clientes de un local hostelero usan una mesa entre varios el grupo nunca podrá superar las diez personas y deberán guardar la distancia de seguridad entre ellos.

-Acceso antes de las doce. La orden señala que los establecimientos de hostelería y restauración tienen que cerrar antes de la una de la madrugada. Sin embargo, a partir de las doce ya no podrán permitir el acceso de nadie.

-Ocio nocturno. El texto hace mención a discotecas, pubs, cafés-espectáculo, salas de fiestas y salas de conciertos que «desenvolvan as súas actividades de forma análoga aos anteriores». Ninguno de ellos podrá trabajar, ni en el interior ni en el exterior.

-Recomendación general. La norma pide a la ciudadanía que restrinjan los encuentros fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales sean de diez personas.