Discotecas y bares nocturnos seguirán cerrados durante la fase 3

Manuel Arroyo Alves
M. Arroyo REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

JOSE PARDO

Las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera estrenan el lunes las nuevas medidas de la desescalada

30 may 2020 . Actualizado a las 21:01 h.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado los detalles que regirán la fase 3 de la desescalada. Será a partir del próximo lunes, 1 de junio, cuando el texto entre en vigor, aunque, de momento, solo se aplicará en las islas de La Gomera, El Hierro y La Graciosa -Canarias- y en la isla de Formentera -Baleares-. En Galicia podría adoptarse a partir del 8 de junio.

La orden fija las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación del denominado «Plan para la transición hacia una nueva normalidad».

Libertad de circulación y sin franjas horarias

«No quedará reservada ninguna franja horaria a colectivo alguno». Según recoge el BOE, «en el caso de contacto social con personas que se encuentran dentro de los grupos considerados vulnerables, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene». Asimismo, «se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia».

Fomento del teletrabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia. No obstante, las empresas podrán elaborar protocolos de reincorporación presencial a la actividad.

Hostelería y ocio nocturno

En los bares se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. De este modo, se establece un régimen equivalente al permitido para el consumo en mesa, para el que se mantiene una distancia de dos metros entre mesas. También se permite que las terrazas al aire libre abran al 75 % de su capacidad permitida. Por lo que se refiere a los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50 % de su aforo. No obstante, discotecas y bares de ocio nocturno seguirán cerrados en esta fase.

Por otra parte, se permite la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, siempre que no se supere el 50 % del aforo permitido.

Comercio

Podrá procederse a la apertura de establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50 %.

Deportes y actividades en la naturaleza

En materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas. Las sesiones se realizarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50 % de la capacidad de las instalaciones deportivas. Con carácter general, los deportistas no podrán compartir ningún material. Sanidad autoriza la apertura de piscinas para uso deportivo.

En cuanto a las actividades turísticas, se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta treinta personas.

Cultura

Bibliotecas y museos, al 50 %. En lo que respecta a las actividades culturales, en aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos, se limitará la asistencia al número de personas que permita mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.

En materia de congresos, se establece un límite de ochenta asistentes.

Se podrá proceder a la reapertura de los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50 %.

Actividades para jóvenes

Queda permitida la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50 % de la capacidad máxima, con un máximo de doscientos participantes, incluyendo los monitores. En espacios cerrados, solo un tercio de la capacidad.

Velatorios y entierros

Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas en la fase 3 si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados, mientras que para el enterramiento o despedida para cremación se restringe a 50 personas.