Sanidad regula los paseos a primera y última hora para reservar una franja para los mayores

Francisco Balado Fontenla
Fran Balado MADRID | LA VOZ

SOCIEDAD

Paseo en la zona vieja de Santiago.
Paseo en la zona vieja de Santiago. Sandra Alonso

La práctica deportiva también estará permitida solo en la misma franja horaria: de 6 a 10 y de 20 a 23 horas; los municipios de menos de 5.000 habitantes quedan excluidos

01 may 2020 . Actualizado a las 10:28 h.

La evolución de los datos del coronavirus en los últimos días ha sido la esperada, por lo que a partir del próximo dos de mayo se permitirán los paseos y la práctica de actividad deportiva individual. Para evitar aglomeraciones, el Gobierno implanta la regulación de estas dos nuevas medidas de alivio en franjas horarias para cada grupo de edad, tal y como había propuesto días atrás la Xunta de Galicia. Quedan excluidas las poblaciones con menos de 5.000 habitantes, donde se podrá pasear a cualquier hora entre las 06 y las 23 horas. 

Los paseos 

Podrán realizarse con el acompañamiento de un conviviente o de un cuidador, en caso de las personas necesitadas. Estarán permitidos en dos tramos del día. Uno matinal, que va desde desde las 06.00 hasta las 10.00 horas, y otra franja a última hora, que abarca desde las 20 hasta las 23.

Los mayores de 70 años tienen dos espacios del día reservados para pasear: una entre las 10.00 y las 12.00 y otra entre las 19 y las 20 horas. 

Por su parte, los paseos con menores de 14 años se restringen a la franja horaria entre las 12.00 y las 19 horas. 

Todos los paseos deberán realizarse sin alejarse más de un kilómetro de distancia del domicilio, y solo está permitido uno al día. Las personas con síntomas del covid-19 o en cuarentena no podrán salir a la calle.

Los habitantes de ayuntamientos cuya población no exceda los 5.000 habitantes, debido a la ausencia de riesgo de aglomeraciones, podrán salir a pasear a cualquier hora del día comprendida entre las 06.00 y las 23.00, pero como el resto de grupos, solo una vez al día y por margen de una hora.

Deporte 

En cuanto a la práctica deportiva, se podrá realizar cualquier actividad, pero «siempre de forma individual, una única vez al día y dentro del municipio de residencia», detalló el ministro de Sanidad, Salvador Illa, por lo que aquí no hay restricción de distancia. La franja horaria para la práctica de deporte comprende desde las 6 a las 10 de la mañana y otra vespertina que abarca desde las 20 a las 23 horas. 

Trabajos en el huerto

Estas medidas de alivio del confinamiento quedarán permitidas desde este sábado. Además de esta orden ministerial, Salvador Illa anunció que este jueves aprobará otra bajo la que se permitirá el cuidado y recolección de productos agrícolas de forma recreativa (profesionalmente ya estaba permitido), siempre y cuando el recinto se encuentre dentro del mismo municipio de residencia o en uno limítrofe. Existe una excepción para aquellas personas que tengan que atender al cuidado de animales o que tengan huertos para el autoconsumo.

Los trabajos en el huerto también deberán der desempeñados de forma individual, salvo que el acompañamiento de personas con discapacidad o menores.