Denuncian a la promotora de «El Rey León» por no devolver el dinero de las entradas

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Europa Press

Facua informa que la empresa solo permite el cambio para una fecha posterior sin tener en cuenta si el comprador podrá acudir más adelante

18 abr 2020 . Actualizado a las 12:01 h.

Muchos ciudadanos siguen inmersos en una infinidad de solicitudes de reembolso para recuperar el dinero de billetes de avión, reservas y actividades de ocio que, a causa de la pandemia, no se podrán llevar a cabo. Un escenario nada deseado por ninguna de las partes, pero que obliga en gran parte de los casos a la devolución del importe total al consumidor.

La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha hecho pública este sábado su denuncia a la empresa promotora del musical El Rey León, Stage Entertainment SL, por no reembolsar el dinero de las entradas a aquellos usuarios que así lo reclamen tras haber sido suspendido el espectáculo debido al vigente estado de alarma.

La denuncia, que ha sido presentada ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, se realiza tras las «numerosas quejas» de consumidores que afirman que no se les brinda la posibilidad de recuperar el importe de las entradas, según ha informado este sábado Facua en un comunicado y difundido en su cuenta oficial de Twitter.

Según refleja el comunicado de la asociación, «solo les permite el cambio para una fecha posterior, negándose a reembolsar el importe a aquellos que no pueden o no quieren asistir a la representación más adelante, cuando vuelva a permitirse la celebración de espectáculos».

Facua ha recordado que el decreto de medidas urgentes ante el coronavirus indica que si en el estado de alarma los contratos con consumidores fueran de imposible cumplimiento, hay obligación de resolver el contrato.

Además, para los compradores que hayan optado por la devolución de las entradas, en lugar de aceptar un bono o vale, el mismo artículo 36 indica que «se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión -la aceptación de otro método que no sea el reembolso- cuando haya transcurrido un período de 60 días desde la imposible ejecución del contrato sin que haya acuerdo entre las partes sobre la propuesta de revisión». Por ello, señalan que la empresa estará obligada a devolver el importe de la entrada salvo los «gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor».