Viajar a la segunda residencia: 1.500 euros. Participar en festejos: 10.000. Así son las multas por saltarse el confinamiento

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Imagen de un control de la Policía Nacional en una calle
Imagen de un control de la Policía Nacional en una calle xoan a. soler

Interior crea un documento interno con el importe de las sanciones más frecuentes por saltarse el estado de alarma. Ya se han tramitado casi 600.000 denuncias

17 abr 2020 . Actualizado a las 18:01 h.

¿Cuál es la multa por salir a la calle sin una causa justificada? ¿Y por viajar a una segunda residencia? El Ministerio del Interior quiere que no haya más dudas y ha remitido a las delegaciones del Gobierno un documento en el que se reflejan los criterios a seguir en las denuncias por saltarse el confinamiento establecido en el real decreto del estado de alarma. Desde que este entró en vigor, el 14 de marzo, se confeccionaron 592.546 propuestas de sanción por incumplir las normas, y hubo 5.182 detenidos.

Interior considera esencial que los boletines de denuncia que las distintas policías envíen a las subdelegaciones del Gobierno indiquen, con la mayor precisión posible, los hechos y las circunstancias de cada caso para que sean tenidas en cuenta por el instructor del expediente. Por eso, en el documento confeccionado por el Ministerio del Interior se citan los supuestos de infracción más frecuentes y se establecen unos criterios para facilitar la labor de los agentes de la autoridad.

En la circular se explica que no se trata de una relación cerrada, sino que solo pretende ser una recomendación que podrá variar en función de las circunstancias que los agentes y los instructores de los expedientes puedan considerar en cada caso. Estos son los supuestos reflejados por Interior en el documento:

Festejos o celebraciones

10.400 euros. Es la sanción más elevada del catálogo remitido por el ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska y se destina a los casos con mayor posibilidad de contagio, como la organización o participación en festejos, celebraciones o actividades en común. En la denuncia se tendrá en cuenta el nivel de riesgo por el número de personas, la proximidad y las circunstancias.

Salidas no autorizadas

601 euros. Es la sanción por hacer desplazamientos no permitidos en el real decreto del estado de alarma, que solo autoriza salidas a pie o en vehículo para realizar actividades esenciales, como ir al médico, a la farmacia, al banco, al supermercado, al trabajo o a cuidar personas con discapacidad, a mayores, a menores o a dependientes. Solo puede ir más de una persona cuando el motivo esté suficientemente justificado o existan causas de fuerza mayor.

La actitud del infractor

De 2.000 a 10.400 euros. Si la actitud del infractor es inadecuada, Interior propone tres supuestos. Si hay menosprecio hacia los agentes, 2.000 euros de multa. Si hay intimidación, 3.000 euros, y si hay amenaza o violencia, 10.400 euros de multa, siempre que esa actitud no sea considerada delito.

Persistir en las salidas

1.200 euros. Esta es la sanción cuando al agente denunciante le conste que el infractor no respeta, con carácter general, las restricciones de circulación.

Ir a la segunda residencia

1.500 euros. Es uno de los casos más perseguidos, sobre todo los fines de semana. Interior pide que los agentes reflejen expresamente cuando la finalidad del desplazamiento sea acudir a una segunda residencia.

Con pasajeros de más en el coche

1.500 euros. Es la sanción recomendada para los casos de desplazamientos no autorizados en vehículos en los que viajen más ocupantes de los permitidos. En turismos puede ir una persona por fila de asientos, con un máximo de tres.

Con menores y sin motivo

1.500 euros. La misma multa se le aplicará al conductor que realice un viaje sin justificar y que además lleve a menores o a personas con discapacidad o en situación vulnerable.

Si se dificulta la identificación

De 700 a 1.500 euros. Es la sanción para quien pone dificultades para ser identificado por los agentes de la autoridad. Y va desde los 700 euros a los 1.500 euros en los casos de actuación deliberada para evitar la identificación.

Locales que incumplan

2.000 euros. Es la multa prevista para los establecimientos comerciales o industriales que incumplan de forma reiterada el estado de alarma.