La Diputación adapta sus ayudas a la crisis laboral de la pandemia

La Voz LA VOZ / A CORUÑA

SOCIEDAD

CESAR QUIAN

Las empresas efectadas por un ERTE o el cese de actividad podrán acceder al Plan de Empleo Local

10 abr 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La Diputación de A Coruña ha adaptado su Plan de Empleo Local (PEL) a la situación del coronavirus para que las empresas que se acojan a un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) también puedan solicitar las ayudas. El ente que preside Valentín González Formoso ha adoptado una serie de criterios generales de actuación para adecuar las bases de las ayudas del PEL a autónomos, pymes y personas emprendedoras a la situación socioeconómica excepcional que atraviesa el país. Destacan medidas como permitir que sigan optando a las ayudas de los programas PEL-Pemes y PEL-Emprende las empresas que se habían acogido a un ERTE o habían cesado su actividad durante el estado de alarma.

El Gobierno provincial de Valentín González Formoso entiende que ahora, «máis que nunca», las Administraciones públicas deben implicarse a fondo en el apoyo y la protección de empresas, autónomos, trabajadores y trabajadoras, estableciendo medidas extraordinarias que den respuestas «rápidas e efectivas» a sus necesidades.

Así, se ha interrumpido el cómputo de plazos mientras dure el estado de alarma y se renovará una vez finalice el mismo. Siempre que esté debidamente justificado por la entidad, no se considerará incumplimiento del mantenimiento del nivel de empleo acogerse a un ERTE, uno de los aspectos exigidos en las líneas del PEL-Pemes en sus diferentes convocatorias. Tampoco la suspensión de los contratos o reducción temporal de la jornada de trabajo serán considerados incumplimientos.

Asimismo, se amplían los plazos para justificar el compromiso de mantener el puesto de trabajo subvencionado mínimo 12 meses. En el caso de las personas autónomas que se acojan al cese de su actividad por la declaración del estado de alarma y reúnan los requisitos exigidos en el real decreto, no será considerado incumplimiento el tiempo que permanezcan en esa situación y siempre que la persona autónoma beneficiaria justifique debidamente esta decisión.