Los plazos para reclamar el reembolso de los vuelos cancelados

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Un avión de Easy Jet despegando en Alvedro.
Un avión de Easy Jet despegando en Alvedro. CESAR QUIAN

La entidad Facua recuerda que pueden oscilar entre una semana y dos meses y medio en función de quién anula el billete

08 abr 2020 . Actualizado a las 14:55 h.

La organización Facua-Consumidores en Acción recuerda a los usuarios que tienen derecho a reclamar a las aerolíneas el reembolso de su billete en un máximo de siete días si el vuelo ha sido cancelado, y en 74 días si son ellos los que comunican que no pueden viajar por el estado de alarma. En los casos en que las compañías aéreas cancelen los vuelos como consecuencia de la situación derivada del Covid-19 a nivel nacional o mundial, los pasajeros pueden reclamarles la devolución del importe íntegro que abonaron, unas recomendaciones que recoge Europa Press.

La organización recuerda que se trata de un derecho reconocido por el artículo 8 del Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, y que si los usuarios sufren la cancelación de un vuelo de regreso a su ciudad, el reglamento establece que la aerolínea debe abonarles el alojamiento y la manutención hasta que pueda retornarles en un transporte alternativo. Si el vuelo no se cancela pero el usuario comunica a la compañía que no puede viajar debido a la situación vinculada al estado de alarma, el Gobierno ha aprobado medidas que mejoran sus derechos. Y son derechos que afectan tanto a las relaciones con aerolíneas como al resto de contratos de compraventa de productos o contratación de servicios que «resultasen de imposible cumplimiento» por el estado de alarma. Los paquetes turísticos de las agencias de viajes tienen una regulación específica.