Interior se prepara para el blindaje de las carreteras

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

«SE ACABÓ LA PEDAGOGÍA, UNO POR COCHE» Los agentes de la Guardia Civil han establecido controles en todas las carreteras para vigilar que se cumplan las normas del estado de alarma. Enla foto, un control este sábado en A Coruña
«SE ACABÓ LA PEDAGOGÍA, UNO POR COCHE» Los agentes de la Guardia Civil han establecido controles en todas las carreteras para vigilar que se cumplan las normas del estado de alarma. Enla foto, un control este sábado en A Coruña VÍTOR MEJUTO

Dicta una orden que establece que en caso de cierre de tramos de la red viaria solo podrán circular vehículos de emergencia, transportes esenciales y coches fúnebres

21 mar 2020 . Actualizado a las 18:01 h.

El Ministerio del Interior contempla ya la posibilidad de cierre de carreteras o tramos de ellas por razones de seguridad, de salud o de fluidez del tráfico durante la vigencia del estado de alarma, y así lo advierte en la orden que acaba de dictar y en la que se recuerda que el artículo 7 del real decreto de estado de alarma confiere al ministro del Interior las atribuciones necesarias para acordar el cierre a la circulación en las situaciones mencionadas. 

De acuerdo con esas competencias, en la orden se indica que el ministro del Interior podrá ordenar el cierre o restricción de la circulación en determinadas carreteras y establece cuáles son los vehículos que podrán circular por ellas en esos casos, y que son los siguientes:

  • Auxilio en carretera.
  • Conservación y mantenimiento de carreteras.
  •  Distribución de medicamentos y material sanitario.
  • Recogida de basura.
  • Distribución de alimentos.
  • Transporte de combustible.
  • Transporte de ganado vivo.
  • Transporte de mercancías perecederas, fruta y verduras frescas.
  • Vehículos de Correos.
  • Coches fúnebres.

Además, los agentes encargados del tráfico podrán permitir el paso de determinados vehículos que puedan contribuir a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales a la población.

En la misma orden del Ministerio del Interior se establece que todas las medidas que se tomen deberán hacerse públicas y se divulgarán en los paneles de mensaje de las carreteras. 

El mismo documento suspende, durante la vigencia del estado de alarma, todas las medidas de regulación del tráfico establecidas por la DGT y por los servicios de tráfico de Cataluña y del País Vasco para el año 2020 que restringían los movimientos de los transportes de mercancías. También se aplazan las campañas especiales de vigilancia del tráfico.