Se intensifican los controles fijos y móviles en calles y carreteras

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

Policía local patrullando en la comarca de Barbanza
Policía local patrullando en la comarca de Barbanza LA VOZ

Los agentes harán comprobaciones en personas, vehículos y locales para verificar que se cumplen las órdenes del estado de alarma

15 mar 2020 . Actualizado a las 13:54 h.

El ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, ha dictado una instrucción dirigida a todos los cuerpos de seguridad del Estado, incluidas las policías autonómicas y locales y el personal de seguridad privada en la que establece los criterios de actuación durante el estado de alarma.

Desde este momento todos los agentes policiales y de seguridad privada quedan sometidos a las órdenes dictadas en la resolución del ministro, que se dirigen a mantener el control de movimientos de los ciudadanos, el apoyo a las labores del personal sanitario, a garantizar el suministro de alimentos y bienes de primera necesidad, así como a asegurar el funcionamiento de las infraestructuras críticas. 

Controles fjos y móviles

La instrucción del ministro establece la realización de controles de seguridad fijos y móviles en calles, carreteras y espacios públicos para garantizar que se cumplen las órdenes contempladas en el real decreto que fija el estado de alarma.

Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para verificar que se cumplen las directrices del estado de alarma, por lo que podrán dictar las órdenes y prohibiciones necesarias y suspender las actividades o servicios que se estén llevando a cabo.

Restricciones a la libertad de movimientos

Los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Vigilancia de redes sociales

Además de la seguridad en las vías públicas, otro aspecto al que el Gobierno le dedica especial atención es al de las redes sociales, ya que ordena a las policías especializadas que refuercen la vigilancia y la monitorización de las redes sociales para prevenir y minimizar los efectos de la desinformación interesada, con especial seguimiento de las páginas web en las que se difundan mensajes e informaciones falsas orientadas a incrementar el estrés social. El decreto faculta a los cuerpos de seguridad a practicar las intervenciones previstas en la ley para paralizar esa actividad. 

Bajo el mando del delegado del Gobierno

La Policía Nacional, la Guardia Civil, la Policía Autonómica y todas las policías locales quedan bajo el mando directo del delegado del Gobierno, Javier Losada en el caso de Galicia, y de los subdelegados de cada provincia. Así se establece en la resolución dictada por el ministro del Interior, que fija que durante la vigencia del estado de alarma se constituirán centros de coordinación en las delegaciones del Gobierno. 

Apoyo al personal sanitario 

Asimismo, se reforzarán las medidas policiales de seguridad tendentes a garantizar el normal funcionamiento de los centros sanitarios, ya sean permanentes o habilitados temporalmente para este fin, así como, en su caso, de establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos o sanitarios, y se intensificará el uso de la figura del interlocutor policial sanitario como cauce de comunicación permanente entre las fuerzas y cuerpos de seguridad y el sistema sanitario. Además, cuando se considere necesario, los agentes policiales apoyarán los desplazamientos de los servicios sanitarios y de emergencias.