Si quieres alquilar este piso no puedes tener perro, pero tampoco una pareja

Javier Becerra
javier becerra REDACCIÓN / LA VOZ

SOCIEDAD

María Pedreda

Algunos propietarios pretenden incluir claúsulas imposibles en los contratos

27 ene 2020 . Actualizado a las 23:03 h.

La gran mayoría de los pisos que se alquilan en Galicia incluyen una cláusula que indica que no se admiten animales. Pero muchos propietarios quieren imponer vetos específicos también para las personas. Lo primero lo dice Jose Bailón de la inmobiliaria ourensana JBA. «Los de los animales los exige casi todo el mundo», confirma. La cláusula se pone para evitar, fundamentalmente, a los perros pensando en los posibles desperfectos que puedan causar en el inmueble. Las personales no se suelen incluir porque serían nulas, pero muchos las piden. ¿De qué tipo? «En alguna ocasión nos pidieron incluir que solo se podía alquilar a solteros sin pareja. En cuando tuviera pareja tendría que dejar el piso», señala Tania Teijelo de AGH Inmobiliaria de A Coruña.

Por lo general, los vetos a animales suelen ser genéricos. Apelan al término «mascotas», lo cual podría dejar fuera a canarios, tortugas o hámsteres. Pero a veces se producen matizaciones. Mercedes Aldámiz, de la inmobiliaria Puentehabitat de Pontevedra, recuerda que en ocasiones se detalla si «pueden entrar gatos, pero no un perro», algo que «muchas veces depende de lo que tenga el propietario en su casa». También entran en juego las prohibiciones de las comunidades, que aunque legalmente haya dudas sobre su eficacia siguen poniéndose como barrera.

En el terreno de las personas, ya se concretiza más. Desde solicitar que se quede fuera del radio de acción a extranjeros a pretender que figure por escrito que las familias no pueden tener niños. Obviamente, es otra de la condiciones que no se puede recoger en un contrato, pero flota en el aire. La petición de «niños no» resulta muy común. «Muchos tienen miedo de que los pequeños pinten las paredes o cosas así», dice Mercedes Aldámiz. También aparece otra más chocante si cabe. «Nos aparece gente últimamente que no quiere abuelos en los pisos», indica Jose Bailón.

Uso de sofá y nevera

Existen casos en los que el mimo que los dueños ponen en su mobiliario llega a extremos de lo más llamativo. «Tuvimos un piso en el que la dueña acababa de poner una cocina en él y la tenía impecable», recuerda Mercedes Aldámiz. «Quería que la inquilina usase un producto de limpieza específico para la puerta de la nevera, para que no se le estropease y que se indicase así».

Otro caso curioso surgió en A Coruña. La persona que lo tramitó prefiere no identificarse porque es reciente. Se trata de un piso en el que el propietario acaba de comprar un nuevo sofá. En las condiciones pidió que si el inquilino se iba antes de tres años tenía que pagar 300 euros por el uso específico de ese sofá. Si permanecía más de tres, entonces no tenía que pagar nada más a mayores del alquiler.

Otro de los clásicos de las cláusulas imposibles se encuentra en la cantidad de gente que puede estar dentro del piso y a las horas a las que puede acceder. Tania Teijelo señala que tuvo clientes que querían dejar por escrito en el contrato normas como «la prohibición de que durmieran parientes o amigos de los inquilinos en el piso».

Establecer un horario de visitas también se incluye en las intenciones de algunas personas que alquilan su casa. «Nos han dicho que pongamos en el contrato que no pueden recibir visitas después de las diez de la noche», recuerda Mercedes Aldámiz. En esos casos lo que se intenta evitar fiestas y reuniones nocturnas que puedan acarrear quejas de otros vecinos.

Condiciones abusivas

La gran mayoría de estas condiciones no llegan a plasmarse en los contratos. Los profesionales asesoran convenientemente a las partes, indicando que son nulas por abusivas. Aún así, muchas veces aparecen en el negro sobre blanco cosas como la exigencia de un mínimo de dos años de permanencia en el piso (a partir de los seis meses el inquilino se puede ir sin penalización avisando con antelación), el trasladar al arrendador el enganche de los suministros o atribuirle a él las reparaciones de los electrodomésticos de la casa.

Pero en ocasiones son los inquilinos los plantean sus exigencias. «Una vez unos querían incluir en el contrato que, si al instalarse en la vivienda hubiera algún tipo de ruido, sería motivo de rescisión inmediata», recuerda Tania Teijelo. No llegó a plasmarse en el documento.