El Supremo confirma la retirada de 6.000 archivos musicales de un portal pirata

A. Mateos MADRID / COLPISA

SOCIEDAD

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Confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que emitió en 2014 por considerar que Goear.com ofrecía contenido gratis y sin permiso

03 jul 2019 . Actualizado a las 17:24 h.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia emitida en el 2014 por la Audiencia Nacional e insta al portal Goear.com a retirar 6.000 archivos musicales al entender que este los ha ofrecido de forma gratuita y sin permiso de las compañías discográficas ni de los autores, vulnerando los derechos de propiedad intelectual. Este hecho conlleva una explotación comercial por parte de la página web repercutido en un beneficio económico y excediendo el papel de «intermediación» para almacenar contenidos subidos por terceros.

El recurso ofrecido por la mercantil PC Irudia S.L, en representación de la plataforma web, fue rechazado alegando la sentencia «el papel activo» que tenía Goear a la hora de compartir los contenidos musicales en streaming. Aunque el alto tribunal afirma que los contenidos eran proporcionados por terceros afirma que la página web «no se limita a desarrollar una labor meramente técnica, pasiva y automática de almacenamiento de los contenidos que terceros suben a la página de la web, sino que desempeña un papel activo en la determinación, presentación y mejora de los contenidos de fonogramas de canciones que ofrece, obteniendo un beneficio económico por la explotación de una web que ofrece un amplísimo catálogo de archivos musicales sin contar con autorización ni respetar los derechos de propiedad intelectual».

Además, el Supremo recuerda que el portal continúo poniendo a disposición del público obras sin autorización «de forma consciente» aún habiendo sido condenado anteriormente en la resolución administrativa dictada por la Audiencia Nacional y exige a la plataforma que adopte las medidas necesarias para evitar que se produzcan nuevas infracciones en los derechos de propiedad intelectual.